Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (00979/2023)
Convocatoria para la provisión con carácter interino, mediante concurso-oposición, del puesto de Secretaría, clase segunda, del Ayuntamiento de Zafra y constitución de bolsa
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Ayuntamiento de Zafra

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4. Solicitudes.
4.1. Las instancias solicitando tomar parte de este proceso selectivo, en la que los aspirantes manifestarán
que reúnen todas las condiciones exigidas en la base segunda, se dirigirán al Sr. Alcalde y se presentarán en el
registro general del Ayuntamiento de Zafra, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días hábiles, contados desde el siguiente al de la
publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
4.3. Las instancias deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
a) Copia auténtica del DNI.
b) Copia auténtica de la titulación exigida.
c) Copias auténticas de la documentación acreditativa de los méritos alegados por los
aspirantes.
4.4. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la aprobación de la lista provisional
de admitidos y excluidos, que se someterá a información pública, junto con la composición del Tribunal de
selección, mediante la publicación del correspondiente anuncio en la sede electrónica y tablón de anuncios
del Ayuntamiento, otorgándose un plazo para reclamaciones de cinco (5) días hábiles.
4.5. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se procederá a la aprobación definitiva de la lista de
aspirantes y del Tribunal de selección, que se publicará asimismo en la sede electrónica y tablón de anuncios,
con indicación del lugar y hora de celebración de las pruebas, debiendo transcurrir al menos cuarenta y ocho
horas entre dicha publicación y la celebración de las mismas.
5. Procedimiento selectivo.
El procedimiento de selección de los aspirantes, concurso-oposición, constará de las siguientes fases.
5.1. Fase de oposición.
5.1.1. Consistirá en la celebración de una prueba práctica, que versará sobre el temario que
figura en el anexo I de la presente convocatoria.
5.1.2. El ejercicio es obligatorio y eliminatorio, resultando eliminados los aspirantes que no
alcancen en el ejercicio la puntuación mínima que se establece en el apartado 5.1.3.
En las pruebas deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados para la realización de la prueba selectiva en llamamiento
único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
5.1.3. Consistirá en la resolución por escrito durante el tiempo que el Tribunal señale (como
máximo 90 minutos) de uno o más supuestos prácticos, que será propuesto por el Tribunal en
el momento previo a la celebración del examen, relacionados con las materias objeto del
puesto de trabajo y conforme al temario completo que figura en las presentes bases.
Se pueden utilizar los textos legales que el aspirante considere necesario a excepción de
aquellos que estén comentados o contengan formularios.
En la calificación de este ejercicio el Tribunal valorará la capacidad y formación general, la
claridad de ideas, la precisión y rigor en la exposición y la calidad de la expresión escrita y será
calificado por el Tribunal de 0 a 10 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no
hayan obtenido una puntuación mínima de 5 puntos.
5.1.4. El orden de calificación definitiva de la fase de oposición estará determinado por la
puntuación de los aspirantes en el conjunto de los ejercicios aprobados.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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