Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda (Badajoz). (00931/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de usos de "El Hospital Centro Vivo" de la Diputación de Badajoz
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Delegación de Economía y Hacienda

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Delegación de Economía y Hacienda
Badajoz
Anuncio 931/2023
Aprobación definitiva del Reglamento de usos de "El Hospital Centro Vivo" de la Diputación de Badajoz

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DE USOS DE "ELHOSPITAL CENTRO VIVO" DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ
El Pleno de la Corporación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de septiembre de 2022, aprobó inicialmente el
reglamento de usos de "El Hospital Centro Vivo".
El expediente fue sometido a información pública por plazo de treinta días hábiles, y ante la ausencia de reclamaciones o
sugerencias durante el período establecido, se entiende definitivamente aprobado el acuerdo, hasta entonces provisional,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local.
Contra el citado acuerdo de contenido antes expresado -ya definitivo-, solo podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo, ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la
Provincia, de conformidad con lo establecido en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común y los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
En virtud de cuanto antecede, y de conformidad con lo establecido en los artículos 49, 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de dos de
abril, concordante con el 131 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, para facilitar a los operadores jurídicos, unidades administrativas y ciudadanos en general su
manejo, se publica en anexo, el texto íntegro.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, Miguel Ángel Gallardo Miranda. PD.- La Vicepresidenta Segunda y
Diputada de Recursos Humanos y Régimen Interior, Virginia Borrallo Rubio.
REGLAMENTO DE USOS DE "ELHOSPITAL CENTRO VIVO" DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ
Exposición de Motivos
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Finalidad.
Artículo 3. Descripción de los espacios.
Artículo 4. Actividades que pueden desarrollarse.
Artículo 5.Peticionarios.
Artículo 6. Horario.
Artículo 7. Cierre temporal.
Artículo 8. Otros servicios.
Artículo 9. Pago.
TÍTULO II
PROCEDIMIENTO
Artículo 10. Solicitud.
Artículo 11. Tramitación.
Artículo 12. Autorización
Artículo 13. Criterios de atribución de espacios.
TÍTULO III
OBLIGACIONES
Artículo 14. Obligaciones de los autorizados.
TÍTULO IV
REGIMEN SANCIONADOR
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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