Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castilblanco. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (00929/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa sobre gestión de residuos de construcción y demolición del Ayuntamiento de Castilblanco
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Ayuntamiento de Castilblanco

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Castilblanco
Castilblanco (Badajoz)
Anuncio 929/2023
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa sobre gestión de residuos de construcción y demolición
del Ayuntamiento de Castilblanco

El Ayuntamiento de Castilblanco, en sesión celebrada el día 13 de enero de 2023, adoptó acuerdo sobre la aprobación inicial
de la Ordenanza reguladora la tasa sobre gestión de residuos de construcción y demolición en Castilblanco.
Transcurrido el plazo de exposición al público y al no haberse presentado ninguna reclamación o sugerencia, dicho acuerdo
se eleva a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.c de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril.
En consecuencia y de acuerdo con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
se publica su texto íntegro, al efecto de su entrada en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la
citada Ley.
Contra dicha aprobación definitiva se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el
Boletín Oficial de la Provincia.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA SOBRE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN DEL
AYUNTAMIENTO DE CASTILBLANCO (BADAJOZ)
Artículo 1. Fundamento y naturaleza.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, y de acuerdo con la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, el Ayuntamiento de
Castilblanco, establece la "tasa sobre gestión de residuos de construcción y demolición", que se regirá por la presente
Ordenanza fiscal, y cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado Real Decreto Legislativo.
Artículo 2. Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación del servicio de vertido de residuos urbanos procedentes de obras
de construcción, demolición, reformas de edificios o locales o infraestructuras urbanas procedentes de obras para su
traslado y tratamiento por gestor autorizado en valorización de RCD (planta de tratamiento de RCD), en aras de la
consecución de una efectiva protección del medio ambiente.
2. La presente ordenanza fiscal será de aplicación a cualquier obra de construcción o demolición en el término municipal de
Castilblanco, y en concreto:
a) Las obras de edificación y construcción de planta nueva y de reforma, de rehabilitación o de reparación.
b) Las demoliciones de edificios o de bienes inmuebles.
c) Las obras de urbanización y otros trabajos que modifiquen la forma o sustancia del terreno o del subsuelo,
tales como excavaciones, movimientos de tierra o inyecciones.
d) Las obras menores y otros supuestos de generación de residuos inertes.
3. Queda prohibido:
a) Verter, arrojar o abandonar cualquier tipo de residuos en el término municipal, fuera de los lugares y
horarios especificados por el Ayuntamiento.
b) Ocupar el dominio público local con contenedores de residuos sin la preceptiva autorización y licencia de
obras y abono de la tasa correspondiente de su ocupación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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