Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (00886/2023)
Extracto de las bases específicas con convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas al Programa de Turismo Termal de la provincia de Badajoz durante el ejercicio 2023
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Área de Transformación Digital y Turismo

Anuncio 886/2023

el artículo 58.2 a) del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuya aplicación a la
concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria.
Cuarto.- Solicitudes.
El plazo máximo para presentar las solicitudes será hasta el 31 de mayo de 2023 a contar desde el día siguiente a la fecha de
publicación del extracto de la convocatoria en el BOP, se dirigirán al presidente de la Diputación de Badajoz y se formularán
conforme al modelo que figura como anexo I en las bases de esta convocatoria, acompañada de la siguiente
documentación:
- Fotocopia del DNI, en el supuesto en el que se deniegue expresamente la autorización al Área de
Transformación Digital y Turismo de Diputación de Badajoz para su consulta a través de la Plataforma de
Intermediación de Datos.
- Certificados acreditativos de estar al corriente con la Hacienda Estatal y la Seguridad Social, en el supuesto
en el que se deniegue expresamente la autorización al Área de Transformación Digital y Turismo para su
consulta a través de la Plataforma de Intermediación de Datos.
- En su caso, documento acreditativo de la representación legal, si la solicitud se presenta a través de
representante.
- Las solicitudes se tramitarán por medios electrónicos, y por cualquiera de los medios a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Podrá utilizarse para ello aquellas aplicaciones informáticas que permitan la
relación electrónica entre registros administrativos. A tales efectos, los anexos a esta convocatoria se podrán
descargar en la siguiente dirección web:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
- Se deberá presentar una solicitud individual por cada solicitante, debiendo remitirse en un registro
individualizado no siendo valido el envío de varias solicitudes en un mismo número de registro. En el caso de
que se presenten varias solicitudes en un mismo número de registro, se requerirá la presentación
individualizada de todas las solicitudes afectadas.
En el supuesto de la presentación electrónica de las mismas, se realizará a través de la Sede Electrónica, durante las
veinticuatro horas del plazo establecido, accesible desde la página principal de Diputación de Badajoz
https://sede.dip-badajoz.es.
Tales solicitudes electrónicas deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir a los solicitantes la exhibición del documento o
de la información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La
aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal
contenida en tales documentos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por la que se regula el
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes también podrán presentarse en
cualesquiera de los lugares y por los medios establecidos en dicho precepto.
La presentación de la solicitud implicará que se autoriza expresamente a la Diputación Provincial de Badajoz para el
tratamiento automatizado de todos los datos contenidos en ella, según lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de protección de datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales.
Quinto.- Modalidad del programa.
Las personas interesadas en solicitar esta ayuda deberán presentar en plazo, solicitud debidamente cumplimentada en el
modelo -Anexo I-.
La modalidad de tratamiento ofertada es:
Tratamientos con estancia.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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