Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (00876/2023)
Corrección de error en edicto publicado el 21 de diciembre de 2022 sobre las bases de estabilización de empleo temporal para cubrir plazas pertenecientes al Grupo D como personal laboral fijo mediante concurso
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

Anuncio 876/2023

la acreditación documental de los mismos. Se adjuntará también:
Fotocopia DNI o pasaporte.
Fotocopia del título exigido en la base primera.
Documentación justificativa de los méritos a valorar en el concurso.
Pagina 6 de 7. Anexo I.
Donde dice:
Acompaña la siguiente documentación:
Fotocopia DNI o pasaporte.
Fotocopia del título de Graduado de Educación Secundaria Obligatoria y/o equivalente.
Documentación justificativa de los méritos a valorar en el concurso.
Debe decir:
Fotocopia DNI o pasaporte.
Fotocopia del título exigido en la base primera.
Documentación justificativa de los méritos a valorar en el concurso.
Contra la presente resolución que poner fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición
potestativo ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Campillo de Llerena, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el articulo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En Oliva de la Frontera, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Luisa Osorio Vicho.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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