Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (00887/2023)
Bases de la convocatoria para la selección por concurso-oposición de un puesto de trabajo de Auxiliar Administrativo interino del Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa
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Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa

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superado el proceso de selección.
Asimismo, se informará a los aspirantes acerca del tratamiento de sus datos personales y del compromiso de
confidencialidad con ocasión de la relación que se entabla con el Ayuntamiento.
El nombramiento derivado de este proceso de selección en ningún caso dará lugar al reconocimiento de la condición de
funcionario de carrera.
Decimotercera.- Incidencias.
El órgano de selección queda facultado para resolver las dudas que surjan durante el proceso selectivo y adoptar los
acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en estas Bases.
Decimocuarta- Bolsa de trabajo.
Los aspirantes que habiendo superado el proceso selectivo no hayan sido nombrados pasarán a conformar una bolsa de
trabajo para cobertura de las necesidades que pudieran producirse.
En caso de llamamiento el aspirante dispondrá de un plazo máximo de cinco días hábiles desde el llamamiento para
presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de la base tercera. En el supuesto de no presentarla en el
indicado plazo, se entenderá que rechaza la oferta y se situará al final de la bolsa.
Decimoquinta.- Finalización de la relación de interinidad.
El personal interino que al amparo de dicha convocatoria fuese seleccionado, cesará en el desempeño de sus funciones
cuando finalice el programa que originó el nombramiento, o la Corporación considere que han cesado las razones de
urgencia que motivan su cobertura.
Decimosexta.- Vinculación de las bases.
Las presentes bases vinculan al Ayuntamiento, al órgano de selección y a quienes participen en el proceso selectivo. Tanto
las bases, como cuantos actos administrativos deriven de la convocatoria y de la actuación del órgano de selección podrán
ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-.
Contra estas bases podrá interponerse, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas -LPACAP-, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el
recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Asimismo podrá ejercitar cualquier otro recurso que
considere pertinente.
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ANEXO I.- PROGRAMA
A.- Materias generales:
Tema 1.- La Constitución española de 1978. Principios generales.
Tema 2.- Los derechos y deberes fundamentales.
Tema 3.- El Gobierno y la Administración Central del Estado.
Tema 4.- Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado.
Tema 5.- El acto administrativo. Concepto, clases y requisitos.
Tema 6.- Eficacia de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad.
Tema 7.-Revisión de actos en vía administrativa: la revisión de oficio y los recursos administrativos.
Tema 8.- El procedimiento administrativo; Fases: iniciación, ordenación, instrucción, trámite de audiencia y
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