Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00846/2023)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora del uso y mantenimiento de los caminos públicos rurales de titularidad municipal de Fuenlabrada de los Montes
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Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes
Fuenlabrada de los Montes (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora del uso y mantenimiento de los caminos públicos
rurales de titularidad municipal de Fuenlabrada de los Montes

Acuerdo del Pleno de fecha 10/11/2022, del Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes, por la que se aprueba
definitivamente expediente de modificación de la Ordenanza municipal reguladora del uso y mantenimiento de los caminos
públicos rurales de titularidad municipal de Fuenlabrada de los Montes.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora del uso y
mantenimiento de los caminos públicos rurales de titularidad municipal de Fuenlabrada de los Montes, cuyo texto íntegro se
hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
"ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL USO Y MANTENIMIENTO DE LOS CAMINOS PÚBLICOS RURALES DE
TITULARIDAD MUNICIPAL DE FUENLABRADA DE LOS MONTES"
Introducción – Exposición de motivos
Los caminos públicos municipales legalmente reconocidos son una riqueza vial, que forman actualmente parte de la cultura
medioambiental y de la conciencia histórica del medio rural.
Estas vías locales públicas en el medio rural contribuyen a la gestión y conservación del medio natural, a fomentar la
biodiversidad al intervenir de forma decisiva en la composición de corredores ecológicos de diferente valor que posibilitan
procesos de intercambio genético entre poblaciones de especies animales y vegetales, así como a impulsar la diversificación
del paisaje rural.
El Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes, en uso de su competencia de mantener y conservar el destino público de
interés general de sus caminos municipales, quiere garantizar el uso común general de estos bienes de dominio público por
cualquier persona, vecina o no del municipio de Fuenlabrada de los Montes, colindante o no con los caminos en su término
municipal.
Así, la red de caminos públicos de Fuenlabrada de los Montes conforma un elemento trascendental para la conservación y el
acceso a la riqueza de las fincas agrícolas en este término municipal, constituyendo un elemento indispensable para facilitar
el paso a agricultores, ganaderos, vecinos en general y visitantes, practicantes de senderismo, ciclo turismo o paseos a
caballo, redundando su buen estado de conservación en el bienestar de los vecinos.
En la actualidad, resulta evidente la importancia económica que, de forma generalizada, tiene la agricultura, la ganadería, el
turismo rural y el disfrute de la naturaleza para el desarrollo del entorno rural de nuestro municipio, todo ello apoyado por
las políticas de la Unión Europea.
En definitiva, el creciente uso público de estos caminos públicos municipales hace necesaria la regulación de su uso, con el
triple objetivo de preservar los valores del patrimonio natural del término municipal, facilitar una utilización o
aprovechamiento armonioso por todo tipo de usuarios, especialmente los agricultores, los ganaderos y los vecinos, y
mantenerlos en buen estado de uso.
Por todo ello, desde este Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes se plantea la necesidad de aunar esfuerzos y
comprometer a los colectivos implicados (Administración Estatal, Autonómica y provincial, propietarios y usuarios) para una
utilización de estas vías del dominio público orientada hacia el mantenimiento del desarrollo económico y de una
sostenibilidad ambiental del medio rural.
Título I
Capítulo I.- Disposiciones generales
Artículo 1.
La presente Ordenanza municipal se crea en el uso de las facultades conferidas por los artículos 25.2 b) y d) y
84.1 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los artículos 5 al 7 del Decreto de 17 de julio de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
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