Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. (00790/2023)
Bases reguladoras de las subvenciones a entidades y colectivos deportivos de Ribera del Fresno
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno

Anuncio 790/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Ribera del Fresno
Ribera del Fresno (Badajoz)
Anuncio 790/2023
Bases reguladoras de las subvenciones a entidades y colectivos deportivos de Ribera del Fresno

Se hace público para general conocimiento, a los efectos de los dispuesto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones que, por resolución de Alcaldía de fecha 2 de febrero de 2023, se han
aprobado las bases específicas de la convocatoria reguladora de Subvenciones a entidades y colectivos deportivos de Ribera
del Fresno para el año 2023, con el contenido que a continuación se reproduce.
Asimismo, las se encuentran a disposición de los interesados en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento.
BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES Y COLECTIVOS DEPORTIVOS DE RIBERA DEL FRESNO
El Ayuntamiento de Ribera del Fresno, en el uso de las competencias que le atribuye el artículo 25.2.l) de la Ley 7/1985, de 2
de abril, considerando necesario y prioritario el apoyo de entidades y actividades deportivas en nuestro pueblo, en
respuesta a la demanda de nuestros vecinos y para dar continuidad y transparencia en las ayudas que se conceden, ha
decidido aprobar un convocatoria para el ejercicio 2023 para la concesión de ayudas y subvenciones a entidades y colectivos
deportivos, de acuerdo con las siguientes bases:
1.º.- OBJETO.
1.1. El objeto de la presente convocatoria pública es regular en régimen de concurrencia competitiva el procedimiento de
concesión de las ayudas y subvenciones municipales para la promoción y realización de actividades deportivas.
1.2. Podrán acogerse a la presente convocatoria los clubes deportivos federados de Ribera del Fresno, inscritos en el
Registro de Clubes y Entidades Deportivas de Extremadura.
2.º- DOTACIÓN ECONÓMICA.
2.1. Las subvenciones se otorgarán, previa petición del solicitante con cargo al Presupuesto del ejercicio 2023. Su
otorgamiento será discrecional, motivado y los importes no podrán ser revisados ni ampliados y, no serán invocados como
precedente. El importe total de las subvenciones a conceder no superará el presupuestado consignado en la aplicación
presupuestaria 341 48901 por un importe máximo de 17.500,00 €.
2.2. En ningún caso podrán responder a criterios de mera liberalidad, bajo sanción de nulidad. La cuantía de la subvención
otorgada no excederá del límite máximo del setenta y cinco por ciento de los gastos subvencionables del proyecto.
2.3. Las subvenciones están afectas al cumplimiento de la finalidad de interés general a la que se condiciona su
otorgamiento, y tienen carácter no devolutivo, sin perjuicio del reintegro inherente al incumplimiento de las condiciones y
cargas impuestas en el acto de concesión. La concesión se efectuará de acuerdo con los criterios de publicidad,
concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, garantizando la transparencia de las actuaciones administrativas.
3.º.- RÉGIMEN JURÍDICO.
La concesión de estas ayudas y subvenciones se regirá, además de lo previsto en las presentes bases, por la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, el RD 887/2006, 21 julio, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla,
la Ley 7/85, de 2 abril, Reguladora de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 2/2004, 5 marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales y la Ley 47/2003, 26 de noviembre, General Presupuestaria, en
cuanto al procedimiento de reintegro de subvenciones.
4.º.- PROGRAMAS Y ENTIDADES SUBVENCIONABLES.
4.1. Las ayudas se asignarán a los clubes o asociaciones deportivos sin ánimo de lucro, con domicilio fiscal en Ribera del
Fresno legalmente constituidas y federadas:
a) Que participen en competiciones oficiales federadas.
b) Que participen en certámenes deportivos representando a la localidad.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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