Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Siberia (Esparragosa de Lares). (00832/2023)
Aprobación del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual Sibersocial
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Mancomunidad de Municipios Siberia

Anuncio 832/2023

E.1.- Faltas leves: Para la imposición de sanciones por faltas leves no será preceptiva la instrucción de
expediente sancionador por parte de la Comisión Disciplinaria, salvo el trámite de audiencia al interesado, así
como la comunicación escrita motivada.
E.2.- Faltas graves: La instrucción del expediente sancionador será iniciada por la Directora Gestora, a
propuesta escrita de cualquiera de los miembros de la Comisión Disciplinaria.
La sanción, en su caso, será impuesta por la Comisión Disciplinaria, y requerirá comunicación escrita y
motivada al interesado, concediéndole un plazo de 48 horas para que efectúe las alegaciones o aporte la
documentación que tenga por conveniente en su descargo. Seguidamente, la Directora Gestora, en calidad de
presidenta de la Comisión Disciplinaria, dará traslado de la propuesta de sanción a la entidad promotora, que
dictará la resolución definitiva procediéndose a la notificación al interesado/a.
E.3.- Faltas muy graves:
Se seguirá el procedimiento descrito para las graves.
La baja definitiva requerirá la tramitación establecida en la normativa concordante del programa.
Artículo 13.- Régimen jurídico, jurisdicción competente, entrada en vigor, vigencia y modificación.
a) Régimen jurídico.- En lo no establecido en el presente Reglamento interno, se estará a lo dispuesto en la legislación
laboral, legislación de régimen local, normativa del Organismo Autónomo del Servicio Extremeño Público de Empleo, y
demás aplicable.
b) Jurisdicción competente.- La jurisdicción social, es la competente para conocer acerca de las cuestiones que conciernen a
las relaciones laborales que se puedan suscitar entre la entidad promotora y los alumnos/trabajadores, así como entre ésta
y los integrantes del equipo formativo.
c) Entrada en vigor.- El presente Reglamento, entrará en vigor una vez firmado por el Alcalde-Presidente.
d) Vigencia.- Se mantendrá vigente hasta la finalización del programa, 30 de septiembre de 2023.
e) Modificación/reforma.- La entidad promotora a iniciativa propia o a requerimiento de la Directora-Gestora del programa,
podrá acordar las modificaciones que se estimen convenientes al presente Reglamento interno.
El presente Reglamento de régimen interno, ha sido aprobado por el equipo técnico del programa, los alumnos-trabajadores
y el Presidente de la Mancomunidad de Municipios Siberia.
En Esparragosa de Lares, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Regino Barranquero Delgado.- La Directora
Gestora, Amparo Sosa Alvarado.- La Delegada, Guadalupe López Gallego.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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