Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Siberia (Esparragosa de Lares). (00832/2023)
Aprobación del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual Sibersocial
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Mancomunidad de Municipios Siberia

Anuncio 832/2023

no laborables, además de los días considerados como tales a nivel nacional, regional, los dos días establecidos como festivos
por la El Ayuntamiento de la localidad de Esparragosa de Lares, sede del programa: El 10 de abril y 26 de mayo de 2023.
Artículo 7.- Vacaciones anuales.
Los alumnos/trabajadores así como el equipo formativo tendrán derecho a vacaciones anuales retribuidas con duración de
22 días hábiles.
El periodo de disfrute de las vacaciones anuales se fijará prioritariamente atendiendo a las necesidades laborales del
programa. Dicho periodo se determinara por el equipo técnico, debiendo ser autorizado por la entidad promotora.
Artículo 8.- Permisos y licencias.
El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los
motivos y por el tiempo siguiente, para los siguientes casos:
a) Accidente, enfermedad grave u hospitalización de familiar de 1.er grado corresponde dos días hábiles si es
en la localidad y cuatro días hábiles en distinta localidad.
b) Accidente, enfermedad grave u hospitalización de familiar de 2.º grado corresponde dos días hábiles en la
localidad y cuatro días hábiles en distintas localidades.
c) Fallecimiento de familiar de 1. er grado de consanguinidad o afinidad, cónyuge o pareja de hecho,
corresponde tres días hábiles en la localidad y cinco días hábiles en distinta localidad.
d) Fallecimiento de familiar de 2.º grado de consanguinidad o afinidad, cónyuge o pareja de hecho,
corresponde dos días hábiles en la localidad y cuatro días hábiles en distinta localidad.
Dependiendo de la cercanía o lejanía entre familiares, se contemplan hasta cuatro grados distintos de
consanguinidad:
Primer grado: Padres e hijos.
Segundo grado: Abuelos, nietos y hermanos.
Tercer grado: Tíos, sobrinos, bisabuelos y bisnietos.
Cuarto grado: Primos hermanos y tíos abuelos.
La clasificación de los grados de afinidad queda de la siguiente forma:
Primer grado: Cónyuge, suegros, yerno o nuera.
Segundo grado: Cuñados, abuelos del cónyuge, cónyuges de los nietos, hermanastros.
Tercer grado: Cónyuges de los tíos, cónyuges de los sobrinos.
e) Exámenes finales, se tendrá derecho a la asistencia al mismo en el día que se celebre.
f) Lactancia, para ello se tendrá derecho a una hora diaria, pudiéndose dividir en dos fracciones dentro de la
jornada de trabajo. Se puede solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por permiso acumulado en
jornadas completas, para hijos menores de 9 meses.
g) Hospitalización de hijos prematuros a continuación del parto, será de una hora diaria mientras dure el
ingreso.
h) Cumplimiento de deber inexcusable, será por el tiempo necesario para su realización.
Se estudiará en caso el carácter de inexcusabilidad, de igual forma es necesario para ello entregar justificante,
una vez realizado el deber en cuestión. Se entenderán por deberes inexcusables de carácter público y
personal los siguientes:
i) La asistencia a consulta médica, que deberá acreditarse mediante certificación del facultativo en la que se
hagan constar las horas de citación, consulta y hora de salida. En cualquier caso, a lo largo del Programa se
tendrá derecho a tres días de reposo y siempre acreditados por un facultativo.
j) El acompañamiento a consulta médica de hijos menores de edad o personas bajo su custodia legal, que
deberá acreditarse mediante certificación del facultativo en la que se hagan constar las horas de citación,
consulta y hora de salida.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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