Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (00652/2023)
Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para financiar la redacción de proyectos de obra en infraestructuras municipales, que contribuyan a impulsar el reto demográfico y los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030
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Área de Fomento

Anuncio 652/2023

Los pagos previos quedan excluidos expresamente de la obligación de constitución de aval, seguro de caución o cualquier
otra garantía financiera.
No será de aplicación lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
respecto del destino de los rendimientos financieros que generen los fondos librados a los beneficiarios, al ser estos
administraciones públicas.
Base 13.- Justificación de la subvención.
Los beneficiarios deberán tener pagadas las redacciones de proyectos de obras en infraestructuras municipales sujetas a
esta convocatoria, a fecha 30 de septiembre de 2024.
Para la justificación de la subvención las entidades locales beneficiarias deberán presentar en el plazo de dos meses,
contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de ejecución y pago (30 de septiembre de 2024, según base 2) a
través de sede electrónica o del Sistema de Interconexión Registral (SIR), la siguiente documentación:
1. Certificado de justificación de la subvención debidamente firmado por el/la Secretario/a o Secretario/ainterventor/a, en el que se acredite que el objeto de la subvención se ha realizado, de acuerdo al anexo 6.
2. Copia del proyecto de ejecución en formato pdf, firmado digitalmente y con marcadores.
3. Carta de pago del ingreso recibido.
Esta documentación se presentará dirigida al Área de Fomento, correspondiendo su gestión al Servicio de Planificación y
Seguimiento de Proyectos.
Se podrá solicitar a la entidad beneficiaria copia compulsada de las facturas, así como los justificantes de pago, documentos
contables, o realización de comprobación material de las actuaciones. Para ello, la Intervención de la Diputación podrá optar
por la solicitud de la documentación que estime conveniente a las entidades beneficiarias, o el examen de la documentación
en las dependencias de la entidad local.
La Intervención, podrá elevar una planificación de control financiero al Presidente de la entidad, basado en criterios de
auditoría.
El plazo de presentación de la justificación finalizará a los 2 meses, contados a partir del día siguiente de la terminación del
periodo de ejecución de las actuaciones.
El modelo de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención conforme al modelo
normalizado (anexo 5) estará disponible en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz, ubicada en la página principal de
la Diputación de Badajoz en la siguiente dirección: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades.
Los anexos (incluído el anexo 5 si se remite la documentación por SIR) que se tienen que adjuntar obligatoriamente estarán
disponibles en los siguientes enlaces web:
http://fomento.dip-badajoz.es/subvenciones.
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
Excepcionalmente, podrá autorizarse una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación que no
exceda de la mitad del mismo, y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros conforme a lo establecido en
el artículo 70 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Los beneficiarios, podrán solicitar la prórroga de la justificación, según anexo 7, con los siguientes requisitos:
o La solicitud tendrá que tener registro antes de la finalización del plazo máximo establecido para la
presentación de la justificación.
o Requerirá autorización expresa de la Diputación, cuyo trámite interno se ajustará al siguiente
procedimiento:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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