Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (00754/2023)
Bases específicas reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a ONGD con sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz que desarrollen proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo durante 2023
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Área de Cooperación Internacional al Desarrollo
Anuncio 754/2023
- Se empleará como medio preferente de pago la transferencia bancaria, debiendo aportarse el
correspondiente comprobante bancario. Se podrán pagar en efectivo operaciones con un importe inferior a
2.500,00 € o su contravalor en moneda extranjera. Estos pagos en efectivo deberán estar soportados por la
acreditación bancaria de la retirada del efectivo destinado a estos pagos, con referencia a la factura/recibo o
concepto que lo refiera.
- Cuando los pagos se realicen en efectivo, la factura deberá estar firmada por su emisor dejando constancia
de dicho pago en el que se especifique pagado, recibí, cancelado, cash...
- Cuando el pago se realice por cheque, éste deberá ser a nombre del perceptor y se acompañará de
fotocopia del mismo, junto con la documentación bancaria del cargo realizado.
1. No serán subvencionables los siguientes tipos de gastos:
Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
Los gastos de procedimientos judiciales.
Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
Los impuestos personales sobre la renta.
Actividades relacionadas con la promoción de la entidad en sí misma.
Realizar publicaciones de difusión de las actividades propias y genéricas de la entidad no relacionadas con el
proyecto presentado a la convocatoria.
2. Para proyectos de gastos corrientes se establecen los siguientes tipos de gastos y las cuantías máximas imputables a tales
conceptos, considerando, además, lo estipulado en el apartado 1 anterior:
Gastos directos: Son los que están directamente relacionados con la ejecución del proyecto dirigido a la consecución
de los objetivos del mismo. Se incluyen, entre otros: gastos de seguimiento y evaluación técnica del proyecto,
transportes, viajes y estancias, dietas, personal local y cooperante, siempre que se realicen en el país o zona donde
se desarrolla el proyecto.
Gastos indirectos: (Administración y gestión, comunicaciones telefónicas, postales, informáticas, gastos de personal
en sede, arrendamientos, cánones y gastos eléctricos), que tenga como finalidad el sostenimiento de ejecución del
proyecto para el que se haya obtenido la subvención, no deben superar el 20% del presupuesto y deberán realizarse
en la sede o delegación de la entidad beneficiaria en la provincia de Badajoz.
3. Para proyectos de gastos de capital, se establecen los siguientes tipos de gastos y las cuantías máximas imputables a tales
conceptos:
Gastos directos: Son los que están directamente relacionados con la ejecución del proyecto dirigido a la consecución
de los objetivos del mismo. Se incluyen, entre otros: los gastos de adquisición y transporte de materiales, suministros
y otros productos, siempre que se realicen en el país o zona donde se desarrolla el proyecto. El destino de la
subvención a la adquisición de terrenos o bienes inmuebles, en todo caso, queda condicionada a la presentación de
toda la documentación necesaria que informe sobre su situación legal y demuestre que efectivamente pueden ser
comprados.
Además, la titularidad de estos bienes deberá recaer en alguna instancia comunitaria representativa de la población
donde se ejecuta el proyecto. Esta última condición también es válida para los proyectos que consisten en la
construcción de nuevos edificios.
Gastos indirectos. (Administración y gestión: comunicaciones telefónicas, postales, informáticas, gastos de personal
en sede, arrendamientos, cánones y gastos eléctricos), que tenga como finalidad el sostenimiento de ejecución del
proyecto para el que se haya obtenido la subvención, no deben superar el 20% del presupuesto y deberán realizarse
a la sede de la entidad beneficiaria en la provincia de Badajoz.
Cuando el importe del gasto subvencionables supere las cuantías establecidas en la normativa de contratación del sector
publico para el contrato menor (inferior a 40.000,00 euros para contratos de obras e inferior a 15.000,00 euros para
contratos de servicios o suministros), el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres presupuestos de diferentes
proveedores con carácter previo a la contratación, salvo que por especiales características no existan en el mercado
suficiente número de entidades que lo realicen. La elección entre las ofertas presentadas, que deberá aportarse en la
justificación de estas subvenciones, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse
expresamente en una memoria de elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
En relación con la financiación, los proyectos deberán contar con al menos un 5% de financiación procedente de fondos
propios, de otras Administraciones Públicas o entidades privadas.
La subvención de esta convocatoria será compatible con la percepción de otras subvenciones para la misma finalidad
procedente de cualquier administración, entidad publica o privada; si bien, en ningún caso, el importe total de las
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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- Se empleará como medio preferente de pago la transferencia bancaria, debiendo aportarse el
correspondiente comprobante bancario. Se podrán pagar en efectivo operaciones con un importe inferior a
2.500,00 € o su contravalor en moneda extranjera. Estos pagos en efectivo deberán estar soportados por la
acreditación bancaria de la retirada del efectivo destinado a estos pagos, con referencia a la factura/recibo o
concepto que lo refiera.
- Cuando los pagos se realicen en efectivo, la factura deberá estar firmada por su emisor dejando constancia
de dicho pago en el que se especifique pagado, recibí, cancelado, cash...
- Cuando el pago se realice por cheque, éste deberá ser a nombre del perceptor y se acompañará de
fotocopia del mismo, junto con la documentación bancaria del cargo realizado.
1. No serán subvencionables los siguientes tipos de gastos:
Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
Los gastos de procedimientos judiciales.
Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
Los impuestos personales sobre la renta.
Actividades relacionadas con la promoción de la entidad en sí misma.
Realizar publicaciones de difusión de las actividades propias y genéricas de la entidad no relacionadas con el
proyecto presentado a la convocatoria.
2. Para proyectos de gastos corrientes se establecen los siguientes tipos de gastos y las cuantías máximas imputables a tales
conceptos, considerando, además, lo estipulado en el apartado 1 anterior:
Gastos directos: Son los que están directamente relacionados con la ejecución del proyecto dirigido a la consecución
de los objetivos del mismo. Se incluyen, entre otros: gastos de seguimiento y evaluación técnica del proyecto,
transportes, viajes y estancias, dietas, personal local y cooperante, siempre que se realicen en el país o zona donde
se desarrolla el proyecto.
Gastos indirectos: (Administración y gestión, comunicaciones telefónicas, postales, informáticas, gastos de personal
en sede, arrendamientos, cánones y gastos eléctricos), que tenga como finalidad el sostenimiento de ejecución del
proyecto para el que se haya obtenido la subvención, no deben superar el 20% del presupuesto y deberán realizarse
en la sede o delegación de la entidad beneficiaria en la provincia de Badajoz.
3. Para proyectos de gastos de capital, se establecen los siguientes tipos de gastos y las cuantías máximas imputables a tales
conceptos:
Gastos directos: Son los que están directamente relacionados con la ejecución del proyecto dirigido a la consecución
de los objetivos del mismo. Se incluyen, entre otros: los gastos de adquisición y transporte de materiales, suministros
y otros productos, siempre que se realicen en el país o zona donde se desarrolla el proyecto. El destino de la
subvención a la adquisición de terrenos o bienes inmuebles, en todo caso, queda condicionada a la presentación de
toda la documentación necesaria que informe sobre su situación legal y demuestre que efectivamente pueden ser
comprados.
Además, la titularidad de estos bienes deberá recaer en alguna instancia comunitaria representativa de la población
donde se ejecuta el proyecto. Esta última condición también es válida para los proyectos que consisten en la
construcción de nuevos edificios.
Gastos indirectos. (Administración y gestión: comunicaciones telefónicas, postales, informáticas, gastos de personal
en sede, arrendamientos, cánones y gastos eléctricos), que tenga como finalidad el sostenimiento de ejecución del
proyecto para el que se haya obtenido la subvención, no deben superar el 20% del presupuesto y deberán realizarse
a la sede de la entidad beneficiaria en la provincia de Badajoz.
Cuando el importe del gasto subvencionables supere las cuantías establecidas en la normativa de contratación del sector
publico para el contrato menor (inferior a 40.000,00 euros para contratos de obras e inferior a 15.000,00 euros para
contratos de servicios o suministros), el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres presupuestos de diferentes
proveedores con carácter previo a la contratación, salvo que por especiales características no existan en el mercado
suficiente número de entidades que lo realicen. La elección entre las ofertas presentadas, que deberá aportarse en la
justificación de estas subvenciones, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse
expresamente en una memoria de elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
En relación con la financiación, los proyectos deberán contar con al menos un 5% de financiación procedente de fondos
propios, de otras Administraciones Públicas o entidades privadas.
La subvención de esta convocatoria será compatible con la percepción de otras subvenciones para la misma finalidad
procedente de cualquier administración, entidad publica o privada; si bien, en ningún caso, el importe total de las
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