Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Bienestar Social (Badajoz). (00752/2023)
Bases específicas reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz que desarrollen proyectos de acción social durante 2023
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Delegación de Bienestar Social

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BASE 12: INDICADORES DE RESULTADO Y DE ACTIVIDAD.
Se considerarán, en cumplimiento de lo dispuesto en el Plan Estratégico de Subvenciones para 2023, los siguientes
indicadores de resultados, que se han de presentar con la justificación técnica a la que se refiere la base 10) mediante la
presentación del anexo VI: Localidades beneficiadas por el área de influencia del proyecto realizado. Número de
beneficiarios del proyecto, clasificados por sexo y edad. Grado de cumplimiento de los objetivos específicos del proyecto.
BASE 13: CONTROL, REINTEGRO Y SANCIONES.
Para las acciones de control y los supuestos de reintegro y sanciones, las presentes bases se regirán por la Ley 38/2003, de 1
de noviembre, General de Subvenciones, así como por el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de dicha Ley.
2.- Graduación de incumplimientos y efectos.
2.1.- Respecto del cumplimiento del deber de la justificación.
No justificación, con/sin solicitud de prórroga y tras requerimiento administrativo: Reintegro total.
Justificación defectuosa, tras requerimientos de subsanación.
1. No comunicación de otros ingresos o subvenciones: Si se deduce sobrecoste, reintegro del mismo.
2. Ausencia de algún anexo o documento no relativo a la justificación económica, no utilización de
modelos normalizados, no presentación de indicadores (base 12) de la memoria final o ausencia de
alguna firma preceptiva y no presentación de la carta de pago: Reintegro parcial del 0,5% del importe
concedido.
3. Ausencia de relación certificada de obligaciones y pagos: Reintegro total.
4. No reintegro del sobrante: Reintegro del importe.
5. Importe justificado insuficiente: Reintegro de lo no justificado.
6. No acreditación de pago: Reintegro de lo no acreditado.
7. No cumplir con el compromiso de cofinanciación tenido en cuenta en el proceso de valoración:
Reintegro de lo comprometido y no aportado con fondos propios calculado proporcionalmente
respecto de la subvención concedida.
2.2.- Respecto del cumplimiento de otras obligaciones.
Realización de otra actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad:
Reintegro total.
Realización parcial de la actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad:
Reintegro parcial del coste previsto de la actividad no realizada, en su caso, motivado por el centro
gestor.
No cumplir con las obligaciones de publicidad y difusión de la colaboración u omisión de la imagen
corporativa, documentación gráfica o análoga: 5% del importe concedido.
Pago fuera de plazo: Si el pago se realizó con una demora superior a 30 días desde el vencimiento del
plazo máximo para realizar el mismo: Reintegro 3% del importe pagado fuera del plazo.
3.- El incumplimiento del resto de obligaciones establecidas en estas bases conllevará el reintegro del 5% del importe de la
subvención concedida.
No obstante lo anterior, el articulo 90) del Reglamento de la Ley General de Subvenciones posibilita a la asociación
beneficiaria a devolver con carácter voluntario, sin previo requerimiento de esa Diputación, la ayuda concedida y cobrada, ya
sea el importe total de la subvención o una parte de ésta, según la situación del expediente.
Por ello, se deberá acreditar la devolución presentando el recibo de la transferencia correspondiente, efectuada a favor de la
cuenta de esta Diputación: ES03 3009 0001 2025 45504629.
Esta opción voluntaria eximirá de la apertura del expediente de reintegro, posibilitando la concurrencia y recepción de otras
subvenciones o ayudas a conceder por esa Diputación. Y todo ello con la exigencia de los intereses de demora
correspondiente, para lo que se aplicará el interés legal del dinero incrementado e un 25%, salvo que la Ley de Presupuestos
Generales del Estado establezca otro diferente.
BASE 14: PROTECCIÓN DE DATOS.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales y Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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