Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00773/2023)
Bases de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de Técnico/a Medio Museo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Anuncio 773/2023
Para ser admitida/o al proceso selectivo, bastará con la declaración que incorpora la solicitud, por la que las
personas aspirantes manifiestan bajo su responsabilidad, que son ciertos los datos consignados en su
solicitud y que reúnen el resto de requisitos exigidos en las bases. La presentación de la solicitud para
participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en las presentes bases.
La presentación de la solicitud, junto a la documentación que la acompaña, y la subsanación de las misma, en
su caso, se realizará por el canal electrónico, durante las veinticuatro horas de todos los días del plazo
establecido, mediante el trámite habilitado al efecto a través de la sede electrónica de la Diputación de
Badajoz ubicada en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/, de conformidad con el artículo 14.3 de la Ley
39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo
9.1.f de la Ordenanza Reguladora del Procedimiento Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la
Diputación de Badajoz.
Las personas interesadas aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme
a los modelos normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e
incorporarán junto con la solicitud electrónica. La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier
momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la información original o solicitar del
correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de tales copias
implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales
documentos.
Excepcionalmente, se podrá realizar la presentación en otro soporte, cuando una incidencia técnica
debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. La
Diputación Provincial de Badajoz se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación
aportada o de solicitar el cotejo de las copias aportadas por las personas interesadas, para lo que podrá
requerir la exhibición del documento o de la información original cuando se considere necesario.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la Oficina de
atención a la ciudadanía de la Diputación de Badajoz, así como en la página web de la misma. A efectos de
cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación del correspondiente anuncio en la Oficina de atención a la
ciudadanía de la Diputación. Será responsabilidad de cada persona aspirante, actuar con diligencia a la hora
de consultar los diferentes medios de información disponibles para hacer el seguimiento de la convocatoria.
Cuarta.- Admisión.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación dictará resolución
declarando aprobada la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se
publicará en el tablón de anuncios de la Oficina de atención a la ciudadanía y en la página web de la
Diputación de Badajoz https://www.dip-badajoz.es/empleo/templeo/, se hará pública la lista completa de
personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La subsanación se realizará por el canal electrónico. Para ello, en la sede electrónica corporativa de la
Diputación de Badajoz se deberá acceder, durante el plazo de subsanación, al trámite habilitado al efecto en
el que se adjuntará la documentación oportuna en función de la causa de
exclusión:https://sede.dip-badajoz.es/portal/contenedor.do?det_cod=160&ent_id=10&idioma=1(trámite de
Recursos Humanos y Régimen Interior: subsanación de la solicitud de admisión a pruebas selectivas).
Finalizado el plazo de subsanación, se publicará resolución elevando a definitiva la lista provisional con la
inclusión de las personas aspirantes que fueron excluidas y que hayan subsanado errores u omisiones. Así
mismo, será publicado con la debida antelación, el lugar, fecha y hora de inicio de los ejercicios y la
composición del Tribunal de Selección.
Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con las demás personas
aspirantes. El Tribunal de Selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabar los informes que
correspondan, concederá o denegará las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos
adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para la
concesión o denegación de las solicitudes de adaptación, se tendrá en cuenta que las mismas no deberán
desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible para
superar el proceso selectivo, así como que la adaptación guarde relación directa con el formato del ejercicio a
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Para ser admitida/o al proceso selectivo, bastará con la declaración que incorpora la solicitud, por la que las
personas aspirantes manifiestan bajo su responsabilidad, que son ciertos los datos consignados en su
solicitud y que reúnen el resto de requisitos exigidos en las bases. La presentación de la solicitud para
participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en las presentes bases.
La presentación de la solicitud, junto a la documentación que la acompaña, y la subsanación de las misma, en
su caso, se realizará por el canal electrónico, durante las veinticuatro horas de todos los días del plazo
establecido, mediante el trámite habilitado al efecto a través de la sede electrónica de la Diputación de
Badajoz ubicada en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/, de conformidad con el artículo 14.3 de la Ley
39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo
9.1.f de la Ordenanza Reguladora del Procedimiento Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la
Diputación de Badajoz.
Las personas interesadas aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme
a los modelos normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e
incorporarán junto con la solicitud electrónica. La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier
momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la información original o solicitar del
correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de tales copias
implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales
documentos.
Excepcionalmente, se podrá realizar la presentación en otro soporte, cuando una incidencia técnica
debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. La
Diputación Provincial de Badajoz se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación
aportada o de solicitar el cotejo de las copias aportadas por las personas interesadas, para lo que podrá
requerir la exhibición del documento o de la información original cuando se considere necesario.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la Oficina de
atención a la ciudadanía de la Diputación de Badajoz, así como en la página web de la misma. A efectos de
cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación del correspondiente anuncio en la Oficina de atención a la
ciudadanía de la Diputación. Será responsabilidad de cada persona aspirante, actuar con diligencia a la hora
de consultar los diferentes medios de información disponibles para hacer el seguimiento de la convocatoria.
Cuarta.- Admisión.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación dictará resolución
declarando aprobada la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se
publicará en el tablón de anuncios de la Oficina de atención a la ciudadanía y en la página web de la
Diputación de Badajoz https://www.dip-badajoz.es/empleo/templeo/, se hará pública la lista completa de
personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La subsanación se realizará por el canal electrónico. Para ello, en la sede electrónica corporativa de la
Diputación de Badajoz se deberá acceder, durante el plazo de subsanación, al trámite habilitado al efecto en
el que se adjuntará la documentación oportuna en función de la causa de
exclusión:https://sede.dip-badajoz.es/portal/contenedor.do?det_cod=160&ent_id=10&idioma=1(trámite de
Recursos Humanos y Régimen Interior: subsanación de la solicitud de admisión a pruebas selectivas).
Finalizado el plazo de subsanación, se publicará resolución elevando a definitiva la lista provisional con la
inclusión de las personas aspirantes que fueron excluidas y que hayan subsanado errores u omisiones. Así
mismo, será publicado con la debida antelación, el lugar, fecha y hora de inicio de los ejercicios y la
composición del Tribunal de Selección.
Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con las demás personas
aspirantes. El Tribunal de Selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabar los informes que
correspondan, concederá o denegará las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos
adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para la
concesión o denegación de las solicitudes de adaptación, se tendrá en cuenta que las mismas no deberán
desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible para
superar el proceso selectivo, así como que la adaptación guarde relación directa con el formato del ejercicio a
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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