Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (00630/2023)
Corrección de error en edicto publicado el 9/2/2023 sobre las bases de convocatoria para el acceso, mediante el sistema de concurso-oposición libre, de una plaza de Peón de Residuos Sólidos, incluida en la oferta de empleo público para el año 2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 630/2023
aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo no previsto en las bases.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, y podrán ser recusados, cuando concurran las circunstancias
previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Todos los acuerdos del Tribunal Calificador se insertarán en la página web del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros.
Sexta. Actuación de aspirantes.
El orden de actuación de los/as aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente se determinará,
conforme a la resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el
resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado, comenzando por los aspirantes que su primer apellido comience por la letra "U", que estará vigente hasta el
siguiente sorteo anual.
Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el lugar, fecha, y hora de comienzo de las
pruebas, así como la composición del Tribunal Calificador.
Desde la terminación de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 3 días naturales
y máximo de15 días.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se harán públicos
en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el tablón virtual de su Sede Electrónica
https://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.es/info.
Los/as aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI, salvo causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada discrecionalmente por el Tribunal Calificador.
La no presentación de un/a aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado determinará
automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en
consecuencia, del proceso selectivo.
Séptima. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección constará de una fase de concurso y una fase de oposición:
La fase de concurso consistirá en la valoración de determinadas capacidades para cubrir la plaza ofertada.
- Certificado de profesionalidad en actividades de seguridad y medio ambiente: 1 punto.
- Título Profesional Básico en Actividades Domésticas y Limpieza de Edificios: 0,50 puntos.
- Otros: Permiso de conducir:
o B+E para remolque de más de 750 kg. de MMA.: 0,3 punto.
o C1 para conducir vehículos con una MMA superior a 3500 kg. e inferior a 7500 kg.: 0,3 punto.
- Por cursos de especialización en la materia objeto de la plaza, se puntuarán hasta un máximo de 0,75 punto:
o De 10 a 50 horas: 0,10 punto.
o De 51 a 100 horas: 0,20 punto.
o De 101 o más horas: 0,30 punto.
Esta fase podrá valorarse hasta un máximo de 3 puntos y se realizará en todo caso después de la celebración de la fase de
oposición, sobre aquellos aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
La fase de oposición consistirá en superar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo no previsto en las bases.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, y podrán ser recusados, cuando concurran las circunstancias
previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Todos los acuerdos del Tribunal Calificador se insertarán en la página web del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros.
Sexta. Actuación de aspirantes.
El orden de actuación de los/as aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente se determinará,
conforme a la resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el
resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado, comenzando por los aspirantes que su primer apellido comience por la letra "U", que estará vigente hasta el
siguiente sorteo anual.
Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el lugar, fecha, y hora de comienzo de las
pruebas, así como la composición del Tribunal Calificador.
Desde la terminación de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 3 días naturales
y máximo de15 días.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se harán públicos
en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el tablón virtual de su Sede Electrónica
https://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.es/info.
Los/as aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI, salvo causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada discrecionalmente por el Tribunal Calificador.
La no presentación de un/a aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado determinará
automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en
consecuencia, del proceso selectivo.
Séptima. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección constará de una fase de concurso y una fase de oposición:
La fase de concurso consistirá en la valoración de determinadas capacidades para cubrir la plaza ofertada.
- Certificado de profesionalidad en actividades de seguridad y medio ambiente: 1 punto.
- Título Profesional Básico en Actividades Domésticas y Limpieza de Edificios: 0,50 puntos.
- Otros: Permiso de conducir:
o B+E para remolque de más de 750 kg. de MMA.: 0,3 punto.
o C1 para conducir vehículos con una MMA superior a 3500 kg. e inferior a 7500 kg.: 0,3 punto.
- Por cursos de especialización en la materia objeto de la plaza, se puntuarán hasta un máximo de 0,75 punto:
o De 10 a 50 horas: 0,10 punto.
o De 51 a 100 horas: 0,20 punto.
o De 101 o más horas: 0,30 punto.
Esta fase podrá valorarse hasta un máximo de 3 puntos y se realizará en todo caso después de la celebración de la fase de
oposición, sobre aquellos aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
La fase de oposición consistirá en superar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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