Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medina de las Torres. Delegación de Economía y Hacienda. Tesorería (Badajoz). (00561/2023)
Corrección de error en edicto publicado el 20 de enero de 2023 sobre los criterios de selección que regirán la convocatoria, por concurso, de una plaza como personal laboral fijo de Auxiliar Administrativo Intervención
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Ayuntamiento de Medina de las Torres
Anuncio 561/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Medina de las Torres
Medina de las Torres (Badajoz)
Anuncio 561/2023
Corrección de error en edicto publicado el 20 de enero de 2023 sobre los criterios de selección que regirán la convocatoria,
por concurso, de una plaza como personal laboral fijo de Auxiliar Administrativo Intervención
Corrección de error en edicto publicado el 20 de enero de 2023 (Boletín número 14, anuncio 6435/2022), sobre la resolución
de Alcaldía número 434-2022, de fecha 29 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Medina de las Torres por la que se
aprueban los criterios de selección que regirán la convocatoria, por concurso, de una plaza, como personal laboral fijo, de
Auxiliar Administrativo Intervención. Ayuntamiento de Medina de las Torres.
CORRECCIÓN ERROR CRITERIOS DE SELECCIÓN QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA, POR CONCURSO, DE UNA PLAZA, COMO
PERSONAL LABORAL FIJO, DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO INTERVENCIÓN. AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE LAS TORRES
Advertido error en los criterios de selección que regirán la convocatoria, por concurso, de una plaza, como personal laboral
fijo, de Auxiliar Administrativo Intervención del Ayuntamiento de Medina de las Torres, aprobada por resolución de Alcaldía
número 434-2022 de 29 de mayo de 2022, y publicada en el BOP de 20 de enero de 2023.
Se hace saber:
Donde dice:
"B.2. Por titulación superior a la requerida no relacionada con la plaza convocada (1 punto
máximo):
No se valorará la titulación exigida para acceder al puesto por ser requisito indispensable para
ser admitido en las pruebas.
Por cada título oficial superior al requerido para el acceso, no relacionado con la plaza que se
convoca: 0,5 puntos cada título hasta un máximo de 1 punto."
Debe decir:
"B.2. Por titulación superior a la requerida no relacionada con la plaza convocada (1 punto
máximo):
No se valorará la titulación exigida para acceder al puesto por ser requisito indispensable para
ser admitido en las pruebas.
Por cada título oficial superior al requerido para el acceso, no relacionado con la plaza que se
convoca: 1 punto por título hasta un máximo de 1 punto."
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria completas en su redacción definitiva:
CRITERIOS DE SELECCIÓN QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA, POR CONCURSO, DE UNA PLAZA, COMO PERSONAL LABORAL
FIJO, DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO INTERVENCIÓN. AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE LAS TORRES.
Primera. Objeto de la convocatoria.
Se pone de manifiesto que la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en
el empleo público, tiene por objeto situar la tasa de temporalidad estructural por debajo del 8 por ciento en el conjunto de
las administraciones públicas españolas.
Para ello, tal y como señala el artículo 2 de la Ley, se computarán para el desarrollo de estos procesos, las plazas de
naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas y otra forma de organización
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Corrección de error en edicto publicado el 20 de enero de 2023 sobre los criterios de selección que regirán la convocatoria,
por concurso, de una plaza como personal laboral fijo de Auxiliar Administrativo Intervención
Corrección de error en edicto publicado el 20 de enero de 2023 (Boletín número 14, anuncio 6435/2022), sobre la resolución
de Alcaldía número 434-2022, de fecha 29 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Medina de las Torres por la que se
aprueban los criterios de selección que regirán la convocatoria, por concurso, de una plaza, como personal laboral fijo, de
Auxiliar Administrativo Intervención. Ayuntamiento de Medina de las Torres.
CORRECCIÓN ERROR CRITERIOS DE SELECCIÓN QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA, POR CONCURSO, DE UNA PLAZA, COMO
PERSONAL LABORAL FIJO, DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO INTERVENCIÓN. AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE LAS TORRES
Advertido error en los criterios de selección que regirán la convocatoria, por concurso, de una plaza, como personal laboral
fijo, de Auxiliar Administrativo Intervención del Ayuntamiento de Medina de las Torres, aprobada por resolución de Alcaldía
número 434-2022 de 29 de mayo de 2022, y publicada en el BOP de 20 de enero de 2023.
Se hace saber:
Donde dice:
"B.2. Por titulación superior a la requerida no relacionada con la plaza convocada (1 punto
máximo):
No se valorará la titulación exigida para acceder al puesto por ser requisito indispensable para
ser admitido en las pruebas.
Por cada título oficial superior al requerido para el acceso, no relacionado con la plaza que se
convoca: 0,5 puntos cada título hasta un máximo de 1 punto."
Debe decir:
"B.2. Por titulación superior a la requerida no relacionada con la plaza convocada (1 punto
máximo):
No se valorará la titulación exigida para acceder al puesto por ser requisito indispensable para
ser admitido en las pruebas.
Por cada título oficial superior al requerido para el acceso, no relacionado con la plaza que se
convoca: 1 punto por título hasta un máximo de 1 punto."
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria completas en su redacción definitiva:
CRITERIOS DE SELECCIÓN QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA, POR CONCURSO, DE UNA PLAZA, COMO PERSONAL LABORAL
FIJO, DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO INTERVENCIÓN. AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE LAS TORRES.
Primera. Objeto de la convocatoria.
Se pone de manifiesto que la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en
el empleo público, tiene por objeto situar la tasa de temporalidad estructural por debajo del 8 por ciento en el conjunto de
las administraciones públicas españolas.
Para ello, tal y como señala el artículo 2 de la Ley, se computarán para el desarrollo de estos procesos, las plazas de
naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas y otra forma de organización
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