Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. (00518/2023)
Extracto de las bases reguladoras de la concesión de ayudas de emergencia social durante el año 2023
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

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Miembros:
Cuantía de la ayuda: Hasta 2 miembros 750,00 euros.
Entre 3 y 4 miembros, 800,00 euros.
5 o más miembros, 850,00 euros.
De presentarse varias solicitudes por la misma unidad de convivencia, no podrá concedérseles un importe superior al
establecido anteriormente.
Para la determinación de la ayuda máxima a conceder se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) El nivel de recursos de la persona solicitante y de las demás personas miembros de su unidad de
convivencia.
b) La valoración que realice el Servicio Social de Atención Social Básica sobre la necesidad real del gasto y su
importancia para contribuir a la inclusión de las personas en situación de necesidad.
La cuantía a conceder será el resultado de la aplicación de un determinado porcentaje sobre la cuantía máxima que para
cada concepto se establezca.
La cuantía en cada caso particular podrá ser minorada por el Ayuntamiento teniendo en cuenta las disponibilidades
presupuestarias existentes.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, y finalizará el día 22 de diciembre de 2023.
Villanueva de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Miguel Ángel Gallardo Miranda.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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