Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. (00518/2023)
Extracto de las bases reguladoras de la concesión de ayudas de emergencia social durante el año 2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 518/2023
en grado igual o superior al 65%.
- Becas y ayudas al estudio concedidas por cualquier Administración Pública.
- Ayudas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se obtengan por la
asistencia a acciones de formación ocupacional.
En casos excepcionales, cuando de la documentación obrante en el expediente se desprenda de manera manifiesta que la
unidad familiar no cumple con los requisitos para resultar beneficiaria de la ayuda, deberá incorporarse al expediente un
informe social en el que conste que se requiere implementar una acción para prevenir una situación de exclusión social.
Límite de ingresos establecido.
Personas que integran la unidad familiar (incluido el solicitante) % a aplicar sobre 700,00 euros (IPREM 14 pagas).
Tope que no se debe superar al mes (euros).
1
100%
700,00
2
108%
756,00
3
116%
812,00
4
124%
868,00
5
132%
924,00
6
140%
980,00
7
148%
1.036,00
Límite en caso de miembros con discapacidad (65% o más).
Personas que integran la unidad familiar (incluido el solicitante).
% a aplicar sobre 700,00 euros (IPREM 14 pagas).
Tope que no se debe superar al mes (euros).
1
110%
770,00
2
120%
840,00
3
130%
910,00
4
140%
980,00
5
150%
1.050,00
6
160%
1.120,00
7
170%
1.190,00
Segundo. Finalidad.
Constituye el objeto de las presentes bases la regulación de la concesión de ayudas de emergencia social durante el año
2023, destinadas a aquellas personas integradas en una unidad de convivencia cuyos recursos resulten insuficientes para
hacer frente a gastos específicos, de carácter ordinario o extraordinario, necesarios para prevenir, evitar o paliar situaciones
de exclusión social.
Tercero. Bases reguladoras.
Aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día 2 de febrero de 2023, y publicadas en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 26, del martes 7 de febrero de 2023.
Cuarto. Cuantía de las ayudas.
La cuantía de las ayudas, por todos los conceptos, no podrá exceder, por anualidad y unidad de convivencia, de los
siguientes importes:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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en grado igual o superior al 65%.
- Becas y ayudas al estudio concedidas por cualquier Administración Pública.
- Ayudas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se obtengan por la
asistencia a acciones de formación ocupacional.
En casos excepcionales, cuando de la documentación obrante en el expediente se desprenda de manera manifiesta que la
unidad familiar no cumple con los requisitos para resultar beneficiaria de la ayuda, deberá incorporarse al expediente un
informe social en el que conste que se requiere implementar una acción para prevenir una situación de exclusión social.
Límite de ingresos establecido.
Personas que integran la unidad familiar (incluido el solicitante) % a aplicar sobre 700,00 euros (IPREM 14 pagas).
Tope que no se debe superar al mes (euros).
1
100%
700,00
2
108%
756,00
3
116%
812,00
4
124%
868,00
5
132%
924,00
6
140%
980,00
7
148%
1.036,00
Límite en caso de miembros con discapacidad (65% o más).
Personas que integran la unidad familiar (incluido el solicitante).
% a aplicar sobre 700,00 euros (IPREM 14 pagas).
Tope que no se debe superar al mes (euros).
1
110%
770,00
2
120%
840,00
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130%
910,00
4
140%
980,00
5
150%
1.050,00
6
160%
1.120,00
7
170%
1.190,00
Segundo. Finalidad.
Constituye el objeto de las presentes bases la regulación de la concesión de ayudas de emergencia social durante el año
2023, destinadas a aquellas personas integradas en una unidad de convivencia cuyos recursos resulten insuficientes para
hacer frente a gastos específicos, de carácter ordinario o extraordinario, necesarios para prevenir, evitar o paliar situaciones
de exclusión social.
Tercero. Bases reguladoras.
Aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día 2 de febrero de 2023, y publicadas en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 26, del martes 7 de febrero de 2023.
Cuarto. Cuantía de las ayudas.
La cuantía de las ayudas, por todos los conceptos, no podrá exceder, por anualidad y unidad de convivencia, de los
siguientes importes:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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