Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. (00448/2023)
Bases de la convocatoria, por el sistema de concurso-oposición, para la selección de una plaza de Operario de instalaciones deportivas del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Anuncio 448/2023
aspirante, siempre y cuando las mismas no hayan finalizado y la admisión no menoscabe el principio de igualdad.
Asimismo, si alguna aspirante no pudiera completar el proceso selectivo por causa de embarazo de riesgo o parto,
debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de la fases que
haya quedado aplazadas, no pudiéndose demorar estas de manera que menoscabe el derecho del resto de las personas
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal
Calificador y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que
han superado el proceso selectivo. Idéntica previsión resulta de aplicación a las víctimas de violencia de género cuando
acrediten debidamente que no puedan asistir por motivos de seguridad.
A solicitud de las aspirantes, el Tribunal Calificador tendrá en cuenta el establecimiento de las condiciones necesarias de
atención a las aspirantes embarazadas o en período de lactancia natural.
Fechas de examen.
Al menos diez días naturales antes de comenzar el primer ejercicio, se hará público en el Boletín Oficial de la Provincia,
tablón de anuncios y web municipal, el día, hora y lugar en que se realizará el mencionado ejercicio.
El resultado de cada uno de los ejercicios, los sucesivos llamamientos y convocatorias y cualquier decisión del Tribunal
Calificador que deban conocer los aspirantes, se harán públicos en los tablones de anuncios y web municipal, bastando
dicha exposición, en la fecha en que se inicie, como notificación a todos los efectos.
El llamamiento para la sesión siguiente de un mismo ejercicio se realizará con un plazo mínimo de veinticuatro horas desde
el inicio de la sesión anterior, mientras que la convocatoria para un ejercicio distinto deberá respectar un plazo mínimo de
dos días. Se podrán modificar estos plazos, estando de acuerdo el Tribunal Calificador, si la totalidad de las personas
aspirantes concurrentes presentan, por escrito, su conformidad para ello.
Tras la finalización de cada prueba escrita el Tribunal Calificador procederá a introducir en un sobre todos los ejercicios y
cerrar el mismo, quedando éstos bajo su custodia.
Octava. Pruebas selectivas.
El procedimiento de selección será el de concurso – oposición y constará de una fase de oposición, de carácter obligatorio y
eliminatorio, y de una fase de concurso, de carácter obligatorio y no eliminatorio. Los puntos obtenidos en la fase de
concurso únicamente se sumarán a la puntuación de quienes superaron la fase de oposición.
Fase de oposición.- Máximo 40 puntos
Para la realización de las pruebas que contengan materia relativa o relacionadas con legislación, se entenderá
que ésta será la vigente en la fecha de realización de cada ejercicio.
Los ejercicios de la oposición, con el carácter y contenido que se indica y garantizándose el anonimato de los
aspirantes en la realización de los mismos, serán lo siguientes:
Primero.- Obligatorio, eliminatorio y calificable de 0 a 20 puntos.
Resolución de un cuestionario de 50 preguntas, con 4 opciones de respuesta cada una, de las que sólo una
será válida, sobre el contenido del conjunto del temario del Anexo I de la convocatoria. Las contestaciones
erróneas se valorarán negativamente, con una penalización equivalente a un cuarto del valor de cada
contestación correcta y las contestaciones en blanco ni puntúan ni penalizan. Los miembros del Tribunal
Calificador calificarán el primer ejercicio de 0 a 20 punto, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un
mínimo de 10 puntos. La duración máxima del ejercicio la determinará el Tribunal Calificador.
El cuestionario podrá contener, además preguntas de reserva, en un número no inferior al 10 por 100 del
total del cuestionario, que los aspirantes deberán responder, para que sean valoradas en sustitución de las
que, eventualmente, el Tribunal Calificador, declarase invalidadas por causas justificadas.
Segundo.- Obligatorio, eliminatorio y calificable de 0 a 20 puntos.
Desarrollo de uno o varios supuestos prácticos, uno de ellos será básico de informática, que determinará el
Tribunal Calificador inmediatamente antes de su realización, y que versará sobre las materias especificadas
en el temario en el anexo I de las bases y las funciones desarrolladas en el anexo II.
Las personas que integran el Tribunal Calificador calificarán el ejercicio de 0 a 20 puntos, siendo eliminados
los aspirantes que no alcance un mínimo de 10 puntos. La duración máxima del ejercicio lo determinará el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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aspirante, siempre y cuando las mismas no hayan finalizado y la admisión no menoscabe el principio de igualdad.
Asimismo, si alguna aspirante no pudiera completar el proceso selectivo por causa de embarazo de riesgo o parto,
debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de la fases que
haya quedado aplazadas, no pudiéndose demorar estas de manera que menoscabe el derecho del resto de las personas
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal
Calificador y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que
han superado el proceso selectivo. Idéntica previsión resulta de aplicación a las víctimas de violencia de género cuando
acrediten debidamente que no puedan asistir por motivos de seguridad.
A solicitud de las aspirantes, el Tribunal Calificador tendrá en cuenta el establecimiento de las condiciones necesarias de
atención a las aspirantes embarazadas o en período de lactancia natural.
Fechas de examen.
Al menos diez días naturales antes de comenzar el primer ejercicio, se hará público en el Boletín Oficial de la Provincia,
tablón de anuncios y web municipal, el día, hora y lugar en que se realizará el mencionado ejercicio.
El resultado de cada uno de los ejercicios, los sucesivos llamamientos y convocatorias y cualquier decisión del Tribunal
Calificador que deban conocer los aspirantes, se harán públicos en los tablones de anuncios y web municipal, bastando
dicha exposición, en la fecha en que se inicie, como notificación a todos los efectos.
El llamamiento para la sesión siguiente de un mismo ejercicio se realizará con un plazo mínimo de veinticuatro horas desde
el inicio de la sesión anterior, mientras que la convocatoria para un ejercicio distinto deberá respectar un plazo mínimo de
dos días. Se podrán modificar estos plazos, estando de acuerdo el Tribunal Calificador, si la totalidad de las personas
aspirantes concurrentes presentan, por escrito, su conformidad para ello.
Tras la finalización de cada prueba escrita el Tribunal Calificador procederá a introducir en un sobre todos los ejercicios y
cerrar el mismo, quedando éstos bajo su custodia.
Octava. Pruebas selectivas.
El procedimiento de selección será el de concurso – oposición y constará de una fase de oposición, de carácter obligatorio y
eliminatorio, y de una fase de concurso, de carácter obligatorio y no eliminatorio. Los puntos obtenidos en la fase de
concurso únicamente se sumarán a la puntuación de quienes superaron la fase de oposición.
Fase de oposición.- Máximo 40 puntos
Para la realización de las pruebas que contengan materia relativa o relacionadas con legislación, se entenderá
que ésta será la vigente en la fecha de realización de cada ejercicio.
Los ejercicios de la oposición, con el carácter y contenido que se indica y garantizándose el anonimato de los
aspirantes en la realización de los mismos, serán lo siguientes:
Primero.- Obligatorio, eliminatorio y calificable de 0 a 20 puntos.
Resolución de un cuestionario de 50 preguntas, con 4 opciones de respuesta cada una, de las que sólo una
será válida, sobre el contenido del conjunto del temario del Anexo I de la convocatoria. Las contestaciones
erróneas se valorarán negativamente, con una penalización equivalente a un cuarto del valor de cada
contestación correcta y las contestaciones en blanco ni puntúan ni penalizan. Los miembros del Tribunal
Calificador calificarán el primer ejercicio de 0 a 20 punto, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un
mínimo de 10 puntos. La duración máxima del ejercicio la determinará el Tribunal Calificador.
El cuestionario podrá contener, además preguntas de reserva, en un número no inferior al 10 por 100 del
total del cuestionario, que los aspirantes deberán responder, para que sean valoradas en sustitución de las
que, eventualmente, el Tribunal Calificador, declarase invalidadas por causas justificadas.
Segundo.- Obligatorio, eliminatorio y calificable de 0 a 20 puntos.
Desarrollo de uno o varios supuestos prácticos, uno de ellos será básico de informática, que determinará el
Tribunal Calificador inmediatamente antes de su realización, y que versará sobre las materias especificadas
en el temario en el anexo I de las bases y las funciones desarrolladas en el anexo II.
Las personas que integran el Tribunal Calificador calificarán el ejercicio de 0 a 20 puntos, siendo eliminados
los aspirantes que no alcance un mínimo de 10 puntos. La duración máxima del ejercicio lo determinará el
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