Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. (00486/2023)
Aprobación definitiva de la derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio público centro de día para mayores dependientes
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Burguillos del Cerro

Anuncio 486/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Burguillos del Cerro (Badajoz)
Anuncio 486/2023
Aprobación definitiva de la derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio público
centro de día para mayores dependientes

Acuerdo del Pleno de fecha 9 de diciembre de 2022 del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro por el que se aprueba
definitivamente la derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de Centro de Día, cuyo
texto se trascribe a continuación:

DEROGACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO "CENTRO DE
DÍA PARA MAYORES DEPENDIENTES"
Artículo 1.- Fundamento legal:
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española y por el artículo 106 de la Ley
7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo previsto en el artículo 41 del RDL
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este
Ayuntamiento establece el "tasa por prestación del servicio público Centro de Día para Mayores Dependientes", que se
regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 41 del mencionado RDL 2/2004.
Artículo 2.- Hecho imponible:
Constituye el hecho imponible del precio público regulador de esta ordenanza, el uso, disfrute o utilización de las
instalaciones del Centro de Día y la prestación de servicios en sus instalaciones.
Artículo 3.- Devengo:
La obligación de pago del precio público nace desde el momento en que se inicie el servicio, previo expediente de admisión
tramitado al efecto.
Artículo 4.- Sujeto pasivo:
Están obligados al pago por la utilización del Centro de Día de Burguillos del Centro, todos los pensionistas perceptores de
pensión o cónyuges de algunos de ellos, que se beneficien de la prestación de los servicios del Centro de Día, y serán como
mínimo los siguientes: Servicio de Comedor, Servicio de Lavandería, Servicio de Aseo Asistido, Servicio Talleres
Ocupacionales.
Artículo 5.- Tarifas:
La cuantía será fijada en el anexo I que se adjunta.
Artículo 6.- Exenciones y bonificaciones:
No se concederán exenciones o bonificaciones alguna, salvo supuestos excepcionales debidamente motivados y aprobados
por la Comisión de Participación y los casos citados en el anexo I.
Artículo 7.- Administración y cobranza:
Los interesados en la prestación de los servicios regulados en esta Ordenanza presentarán en el Ayuntamiento de Burguillos
del Cerro, solicitud acompañada de la documentación establecida en el Reglamento regulador del Centro de Día.
El pago se efectuará al inicio de la prestación del servicio, una vez admitido el beneficiario por la Comisión de Participación,
prorrateándose los días correspondientes al mes de ingreso. Todos los ingresos se deberán efectuar a través de
domiciliación bancaria y en la cuenta en que el Ayuntamiento determine, debiéndose efectuar el pago en los primeros cinco
días de cada mes.
La no utilización del servicio de forma voluntaria por el usuario, no aminorará el precio público mensual. Solamente en caso
de enfermedad, fallecimiento del beneficiario o fuerza mayor, se devolverá la parte proporcional del precio público, hasta la
finalización del mes en que se produzca el hecho.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 5