Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. (00462/2023)
Bases que han de regir el procedimiento selectivo para el nombramiento en régimen de funcionario interino por programa de un Gerente para la Dinamización Comercial en Montijo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Montijo
Anuncio 462/2023
8.1.4.- Por demostrar conocimiento de la lengua portuguesa, se valorará con 1 punto la acreditación de un
nivel mínimo de B2.
La valoración se reducirá de manera directamente proporcional en el caso de que los servicios hayan sido
prestados a tiempo parcial, excepto cuando la reducción obedezca a algunos supuestos previstos en la
normativa sobre reducción de jornada por motivos de lactancia, cuidados familiares y demás supuestos
motivados en la conciliación de la vida familiar y laboral.
El tiempo trabajado deberá acreditarse, además de con contratos, nóminas o certificados de empresa, con el
informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social y deberá adjuntarse
certificación de la secretaría del organismo que corresponda, en el que se especifique claramente las
funciones realizadas.
8.2.- Fase de oposición: Constará de un ejercicio único, obligatorio y eliminatorio para todos los/as aspirantes,
que consistirá en responder, en el plazo máximo 60 minutos, un cuestionario de cincuenta preguntas tipo
test, que versarán sobre las materias que se relacionan como anexo I a estas bases. Cada pregunta formulada
tendrá cuatro opciones de respuesta, siendo una de ellas únicamente la correcta. La puntuación a obtener
oscilará entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superar este ejercicio
y el criterio de corrección será el siguiente:
Por cada respuesta correcta se otorgarán 0,20 puntos, restándose de la puntuación así obtenida 0,05 puntos por
cada respuesta incorrecta.
La calificación definitiva del proceso selectivo se obtendrá por la suma de ambas fases (concurso y oposición)
hasta un máximo de 14,25 puntos.
En caso de empate se resolverá por la mejor puntuación obtenida en la fase de oposición, y de persistir el
mismo, se resolverá por sorteo.
Novena.- Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
El Tribunal publicará la relación definitiva de aspirantes con la puntuación obtenida, así como la de aprobados
por orden de puntuación total, concediéndose un plazo de dos días hábiles para formular las reclamaciones
y/o alegaciones que estimen oportunas.
De acuerdo con esta lista, se elevará al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación la propuesta de
nombramiento a favor del/a aspirante aprobado/a que haya logrado obtener la mayor puntuación, quedando
el resto en una bolsa de trabajo o lista de espera por si fuera necesario cubrir posibles bajas y/o sustituciones,
así como para los supuestos de ampliación de puestos. Dicha bolsa tendrá una duración máxima hasta el 22
de marzo de 2026.
Décima.- Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver todas las dudas que se presenten, interpretar las bases de esta
convocatoria y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
Décimo primera.- Vinculación de las bases.
Las presentes bases vinculan al Ayuntamiento y al Órgano de selección y a quienes participen en las pruebas
selectivas. Tanto las Bases, como cuantos actos administrativos deriven de la convocatoria y de la actuación
del Órgano de selección, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y forma establecida
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Décimo segunda.- Publicación.
Las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y el resto de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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8.1.4.- Por demostrar conocimiento de la lengua portuguesa, se valorará con 1 punto la acreditación de un
nivel mínimo de B2.
La valoración se reducirá de manera directamente proporcional en el caso de que los servicios hayan sido
prestados a tiempo parcial, excepto cuando la reducción obedezca a algunos supuestos previstos en la
normativa sobre reducción de jornada por motivos de lactancia, cuidados familiares y demás supuestos
motivados en la conciliación de la vida familiar y laboral.
El tiempo trabajado deberá acreditarse, además de con contratos, nóminas o certificados de empresa, con el
informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social y deberá adjuntarse
certificación de la secretaría del organismo que corresponda, en el que se especifique claramente las
funciones realizadas.
8.2.- Fase de oposición: Constará de un ejercicio único, obligatorio y eliminatorio para todos los/as aspirantes,
que consistirá en responder, en el plazo máximo 60 minutos, un cuestionario de cincuenta preguntas tipo
test, que versarán sobre las materias que se relacionan como anexo I a estas bases. Cada pregunta formulada
tendrá cuatro opciones de respuesta, siendo una de ellas únicamente la correcta. La puntuación a obtener
oscilará entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superar este ejercicio
y el criterio de corrección será el siguiente:
Por cada respuesta correcta se otorgarán 0,20 puntos, restándose de la puntuación así obtenida 0,05 puntos por
cada respuesta incorrecta.
La calificación definitiva del proceso selectivo se obtendrá por la suma de ambas fases (concurso y oposición)
hasta un máximo de 14,25 puntos.
En caso de empate se resolverá por la mejor puntuación obtenida en la fase de oposición, y de persistir el
mismo, se resolverá por sorteo.
Novena.- Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
El Tribunal publicará la relación definitiva de aspirantes con la puntuación obtenida, así como la de aprobados
por orden de puntuación total, concediéndose un plazo de dos días hábiles para formular las reclamaciones
y/o alegaciones que estimen oportunas.
De acuerdo con esta lista, se elevará al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación la propuesta de
nombramiento a favor del/a aspirante aprobado/a que haya logrado obtener la mayor puntuación, quedando
el resto en una bolsa de trabajo o lista de espera por si fuera necesario cubrir posibles bajas y/o sustituciones,
así como para los supuestos de ampliación de puestos. Dicha bolsa tendrá una duración máxima hasta el 22
de marzo de 2026.
Décima.- Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver todas las dudas que se presenten, interpretar las bases de esta
convocatoria y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
Décimo primera.- Vinculación de las bases.
Las presentes bases vinculan al Ayuntamiento y al Órgano de selección y a quienes participen en las pruebas
selectivas. Tanto las Bases, como cuantos actos administrativos deriven de la convocatoria y de la actuación
del Órgano de selección, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y forma establecida
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Décimo segunda.- Publicación.
Las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y el resto de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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