Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. (00462/2023)
Bases que han de regir el procedimiento selectivo para el nombramiento en régimen de funcionario interino por programa de un Gerente para la Dinamización Comercial en Montijo
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Ayuntamiento de Montijo

Anuncio 462/2023

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas,
ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para
ejercer funciones similares a la que se pretende acceder. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) No padecer enfermedad o discapacidad que impida o dificulte el desempeño de las correspondientes
funciones.
g) Estar en posesión del carnet de conducir tipo B en vigor y disponibilidad de vehículo.
h) Haber abonado los 25,00 € previstos en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen,
publicada en el BOP de fecha 16 de junio de 2021, mediante su ingreso en la cuenta corriente abierta a
nombre de este Ayuntamiento en Unicaja Banco, IBAN ES81 2103 7118 9200 3001 3202
Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, debiendo acreditarse, en el caso
del aspirante seleccionado, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde la publicación de la relación de
aprobados en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
Cuarta.- Instancias.
Las instancias solicitando tomar parte en este proceso selectivo, en la que los/as aspirantes deberán
manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base tercera de la convocatoria,
referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las mismas, y que se
comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al
Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado, además de realizar los
cursos de formación específicos que imparta Extremadura Avante dentro del Programa de Formación y
Asesoramiento del Pequeño Comercio Minorista de Extremadura, se ajustarán al modelo que se anexa como
anexo II en estas bases y serán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montijo y presentadas
en el Registro General en horario de 9:00 a 14:00 horas, durante el plazo de diez días hábiles, contados a
partir del día siguiente al de la fecha de publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia
de Badajoz.
Dicha convocatoria se publicará asimismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en este caso, el
aspirante deberá adelantar , dentro del plazo de presentación de solicitudes, la copia de la solicitud
presentada a través de estos medios, dirigiéndola al correo electrónico agenciadesarrollo@montijo.es.
Para la admisión a las pruebas selectivas será obligatorio haber satisfecho los derechos de examen, cuyo
importe es de 25,00 euros, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
derechos de examen del Ayuntamiento de Montijo, publicada en el BOP de fecha 16 de junio de 2021. Los
derechos de examen se ingresarán en la cuenta IBAN ES81 2103 7118 9200 3001 3202 de que es titular el
Ayuntamiento de Montijo en la entidad financiera Unicaja Banco, indicando en el comprobante o justificante
el siguiente texto: "Pruebas selectivas para la provisión interina de una plaza de Gerente de Dinamización
Comercial".
Junto con la instancia, deberá presentarse obligatoriamente fotocopia compulsada del DNI, del Título que
acredite la formación exigida, así como el Informe de la vida laboral actualizado, carnet B, resguardo
acreditativo de haber abonado los derechos de examen y en su caso, relación de méritos, especificando la
puntuación conforme a los apartados señalados en la base octava, y justificarlo con la documentación
necesaria para su comprobación, debidamente ordenado en original o fotocopia compulsada.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados junto con la instancia o no acreditados documentalmente en
plazo.
Los/as aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, se someten a las bases de esta
convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones o recursos
pertinentes.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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