Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00278/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Escuela profesional dual de empleo "Valdetorres-Guareña" 2022 (especialidad de Auxiliares de Albañilería de Fábricas y Cubiertas)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Guareña
Anuncio 278/2023
No se concederá permiso retribuido para la realización de cualesquiera actividades anteriores cuando puedan
llevarse a cabo en horario distinto de la jornada de trabajo.
e) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o
convencionalmente.
f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.
g) Lactancia de un hijo menor de doce meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que
podrán dividir en dos fracciones. Con la misma finalidad, la madre puede sustituir este derecho por una
reducción de su jornada en media hora. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el
padre en caso de que ambos trabajen.
h) Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de seis años o un minusválido
físico, psíquico o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la
jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un tercio y un máximo de la
mitad de la duración de aquella. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un
familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o
enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.
Los permisos deben disfrutarse en la fecha en que se produzca la necesidad, no pudiendo ser trasladados a días hábiles.
Días de libre disposición.
Los trabajadores tendrán derecho a los días de libre disposición que la entidad promotora otorgue a sus empleados por
cuenta ajena.
Deberán solicitarse por escrito en plazo no inferior a cuatro días, según modelo facilitado por la Dirección del proyecto y en
ningún caso podrán acumularse a periodos vacacionales.
La Dirección podrá denegar su concesión cuando se acumulen para una misma jornada peticiones que superen el 30% de la
plantilla del taller o al entender que lesionan gravemente el funcionamiento del mismo.
Artículo 10. Normas generales.
1. Justificación documental de ausencia del programa.
El alumno-trabajador no podrá ausentarse de su puesto de trabajo sin ser autorizado, debiendo justificar toda
ausencia al programa documentalmente.
Cuando se trate de un justificante médico y la dolencia le impida reincorporarse al programa con normalidad
después de la consulta, el facultativo debe hacer constar el día o los días que debe permanecer en reposo. De no ser
así, se considerará que puede volver al programa tras la consulta (no podrán ser más de tres días consecutivos de
reposo), se recogerá como justificante pero no sé abonarán dichos días en la nómina y en caso de continuar la
incapacidad para trabajar el cuarto día el trabajador debe solicitar la baja por enfermedad común desde el primer día
que acudió a consulta médica.
En el caso de tener que prolongar la ausencia al trabajo por motivos médicos se solicitará al facultativo la baja
médica correspondiente debiendo presentar dicha baja, así como los partes de confirmación por baja laboral, en el
mismo día en que se produzca de manera que se pueda comunicar tanto al SEXPE como al servicio de personal y
nóminas de la entidad promotora.
En el caso de saber con antelación que se va a faltar, se debe comunicar al personal técnico de la EPD "ValdetorresGuareña 2022" y además aportar el justificante correspondiente.
Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el periodo de tiempo justificado, no debe
transcurrir demasiado tiempo hasta su incorporación a las actividades del programa, de dilatar este periodo de
forma injustificada podrá ser motivo de sanción.
La fecha tope de entregar los justificantes será siempre de dos días después de que se produzca.
Una vez el alumnado se ha incorporado al centro a primera hora de la mañana, si ha de ausentarse temporalmente
durante la misma por cualquiera de los motivos justificados en este documento, se comunicará al personal de la EPD
quién lo hará constar en una ficha de incidencia que se recoja hora de salida y de re-entrada, motivo de la ausencia y
si aporta o no justificante.
Todas las horas que el alumno no asista al puesto de trabajo, ya sean faltas justificadas o no, serán descontadas del
cómputo total de horas del módulo formativo que se esté impartiendo.
2. De acuerdo con la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta,
el suministro, el consumo y la publicidad de los productos de tabaco, no sé permitirá fumar en los centros de trabajo. Para
ello, se habilitarán los espacios correspondientes. Serán los usuarios de estos espacios los encargados/as de que los
deshechos del tabaco (colillas, paquetes, etc.) queden recogidos en papeleras o lugares habilitados.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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No se concederá permiso retribuido para la realización de cualesquiera actividades anteriores cuando puedan
llevarse a cabo en horario distinto de la jornada de trabajo.
e) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o
convencionalmente.
f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.
g) Lactancia de un hijo menor de doce meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que
podrán dividir en dos fracciones. Con la misma finalidad, la madre puede sustituir este derecho por una
reducción de su jornada en media hora. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el
padre en caso de que ambos trabajen.
h) Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de seis años o un minusválido
físico, psíquico o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la
jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un tercio y un máximo de la
mitad de la duración de aquella. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un
familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o
enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.
Los permisos deben disfrutarse en la fecha en que se produzca la necesidad, no pudiendo ser trasladados a días hábiles.
Días de libre disposición.
Los trabajadores tendrán derecho a los días de libre disposición que la entidad promotora otorgue a sus empleados por
cuenta ajena.
Deberán solicitarse por escrito en plazo no inferior a cuatro días, según modelo facilitado por la Dirección del proyecto y en
ningún caso podrán acumularse a periodos vacacionales.
La Dirección podrá denegar su concesión cuando se acumulen para una misma jornada peticiones que superen el 30% de la
plantilla del taller o al entender que lesionan gravemente el funcionamiento del mismo.
Artículo 10. Normas generales.
1. Justificación documental de ausencia del programa.
El alumno-trabajador no podrá ausentarse de su puesto de trabajo sin ser autorizado, debiendo justificar toda
ausencia al programa documentalmente.
Cuando se trate de un justificante médico y la dolencia le impida reincorporarse al programa con normalidad
después de la consulta, el facultativo debe hacer constar el día o los días que debe permanecer en reposo. De no ser
así, se considerará que puede volver al programa tras la consulta (no podrán ser más de tres días consecutivos de
reposo), se recogerá como justificante pero no sé abonarán dichos días en la nómina y en caso de continuar la
incapacidad para trabajar el cuarto día el trabajador debe solicitar la baja por enfermedad común desde el primer día
que acudió a consulta médica.
En el caso de tener que prolongar la ausencia al trabajo por motivos médicos se solicitará al facultativo la baja
médica correspondiente debiendo presentar dicha baja, así como los partes de confirmación por baja laboral, en el
mismo día en que se produzca de manera que se pueda comunicar tanto al SEXPE como al servicio de personal y
nóminas de la entidad promotora.
En el caso de saber con antelación que se va a faltar, se debe comunicar al personal técnico de la EPD "ValdetorresGuareña 2022" y además aportar el justificante correspondiente.
Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el periodo de tiempo justificado, no debe
transcurrir demasiado tiempo hasta su incorporación a las actividades del programa, de dilatar este periodo de
forma injustificada podrá ser motivo de sanción.
La fecha tope de entregar los justificantes será siempre de dos días después de que se produzca.
Una vez el alumnado se ha incorporado al centro a primera hora de la mañana, si ha de ausentarse temporalmente
durante la misma por cualquiera de los motivos justificados en este documento, se comunicará al personal de la EPD
quién lo hará constar en una ficha de incidencia que se recoja hora de salida y de re-entrada, motivo de la ausencia y
si aporta o no justificante.
Todas las horas que el alumno no asista al puesto de trabajo, ya sean faltas justificadas o no, serán descontadas del
cómputo total de horas del módulo formativo que se esté impartiendo.
2. De acuerdo con la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta,
el suministro, el consumo y la publicidad de los productos de tabaco, no sé permitirá fumar en los centros de trabajo. Para
ello, se habilitarán los espacios correspondientes. Serán los usuarios de estos espacios los encargados/as de que los
deshechos del tabaco (colillas, paquetes, etc.) queden recogidos en papeleras o lugares habilitados.
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