Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00278/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Escuela profesional dual de empleo "Valdetorres-Guareña" 2022 (especialidad de Auxiliares de Albañilería de Fábricas y Cubiertas)
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Ayuntamiento de Guareña
Anuncio 278/2023
concedida para la puesta en marcha del proyecto en los términos que marca la legislación y la normativa publicada al
efecto.
El interno: La organización interna de los proyectos se asentará sobre el equipo directivo-docente, entendido este
como órgano de trabajo colectivo.
6.2. Organización operativa.
Las responsabilidades internas o específicas de cada proyecto se reparten en tres planos, cada uno de los cuales se
formaliza en los organigramas específicos a través de los órganos de funcionamiento y participación. El claustro, la comisión
de convivencia y la asamblea general del alumnado.
6.2.1. Claustro.
Es el órgano propio de participación de todo el personal directivo, docente y de apoyo y está presidido por el director-gestor.
Son competencias del claustro:
Programar las actividades formativas.
Fijar y coordinar criterios sobre la evaluación de los alumnos.
Promover iniciativas en el ámbito de la formación.
Elaboración, coordinación y seguimiento del plan de inserción laboral y plan de actuación coordinación colaboración
con las empresas.
Supervisión, coordinación y seguimiento del Proyecto Aprendizaje–Servicio.
El claustro se reunirá una vez al mes y con carácter extraordinario cuando así lo decida la Dirección o lo solicite, al menos, un
tercio de sus componentes. La asistencia a las reuniones del claustro es obligatoria. Los delegados de cada especialidad
representantes del alumnado participarán en dichas reuniones cuando sean requeridos para evaluar la marcha del
proyecto, resolver pequeños problemas, recoger sugerencias, etc.
6.2.2. Comisión de convivencia.
Es el órgano de representación de todos los implicados en el proyecto: Entidad promotora, equipo técnico y
alumnado/trabajador. En concreto, su composición sería la de un representante de la entidad que tenga funciones relativas
a formación y empleo, Director/a-Gestor/a, Coordinador/a de Formación/Tutora de acompañamiento, un representante del
resto del equipo técnico y el delegado del alumnado-trabajador.
Es competencia de la comisión de convivencia:
Fomentar un buen ambiente de trabajo, resolviendo pequeños conflictos.
Vigilar el cumplimiento del Reglamento de régimen interno.
Proponer actividades complementarias.
Hacer cuantas sugerencias estime oportunas para la mejor consecución de los objetivos del programa.
La comisión se reunirá con carácter ordinario, al menos, una vez al trimestre.
6.2.3. Asamblea general del alumnado.
Es el órgano propio de participación del alumnado en el funcionamiento del proyecto. A través de la asamblea, los alumnos
eligen a sus delegados y subdelegado, que actúan como representantes del alumnado en la comisión de convivencia y en las
reuniones del claustro de profesores en las que sean requeridos.
El delegado/a de taller es elegido mediante votación por la totalidad del alumnado. Por mayoría del alumnado del taller o del
proyecto, en su caso, puede ser destituido de su cargo.
Funciones del delegado:
Representar a sus compañeros en las reuniones a las que asista (claustro y/o comisión de convivencia u otras).
Recoger quejas o sugerencias de los mismos.
Asistir a las reuniones a las que se convoque.
La asamblea se reúne, en sesión ordinaria, una vez al menos cada trimestre, y en sesión extraordinaria cuando así lo solicite
un mínimo de 8 alumnos ante los delegados elegidos.
La organización operativa del programa responderá a la distribución de funciones del personal que compone cada proyecto.
Artículo 7. Horario de trabajo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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efecto.
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como órgano de trabajo colectivo.
6.2. Organización operativa.
Las responsabilidades internas o específicas de cada proyecto se reparten en tres planos, cada uno de los cuales se
formaliza en los organigramas específicos a través de los órganos de funcionamiento y participación. El claustro, la comisión
de convivencia y la asamblea general del alumnado.
6.2.1. Claustro.
Es el órgano propio de participación de todo el personal directivo, docente y de apoyo y está presidido por el director-gestor.
Son competencias del claustro:
Programar las actividades formativas.
Fijar y coordinar criterios sobre la evaluación de los alumnos.
Promover iniciativas en el ámbito de la formación.
Elaboración, coordinación y seguimiento del plan de inserción laboral y plan de actuación coordinación colaboración
con las empresas.
Supervisión, coordinación y seguimiento del Proyecto Aprendizaje–Servicio.
El claustro se reunirá una vez al mes y con carácter extraordinario cuando así lo decida la Dirección o lo solicite, al menos, un
tercio de sus componentes. La asistencia a las reuniones del claustro es obligatoria. Los delegados de cada especialidad
representantes del alumnado participarán en dichas reuniones cuando sean requeridos para evaluar la marcha del
proyecto, resolver pequeños problemas, recoger sugerencias, etc.
6.2.2. Comisión de convivencia.
Es el órgano de representación de todos los implicados en el proyecto: Entidad promotora, equipo técnico y
alumnado/trabajador. En concreto, su composición sería la de un representante de la entidad que tenga funciones relativas
a formación y empleo, Director/a-Gestor/a, Coordinador/a de Formación/Tutora de acompañamiento, un representante del
resto del equipo técnico y el delegado del alumnado-trabajador.
Es competencia de la comisión de convivencia:
Fomentar un buen ambiente de trabajo, resolviendo pequeños conflictos.
Vigilar el cumplimiento del Reglamento de régimen interno.
Proponer actividades complementarias.
Hacer cuantas sugerencias estime oportunas para la mejor consecución de los objetivos del programa.
La comisión se reunirá con carácter ordinario, al menos, una vez al trimestre.
6.2.3. Asamblea general del alumnado.
Es el órgano propio de participación del alumnado en el funcionamiento del proyecto. A través de la asamblea, los alumnos
eligen a sus delegados y subdelegado, que actúan como representantes del alumnado en la comisión de convivencia y en las
reuniones del claustro de profesores en las que sean requeridos.
El delegado/a de taller es elegido mediante votación por la totalidad del alumnado. Por mayoría del alumnado del taller o del
proyecto, en su caso, puede ser destituido de su cargo.
Funciones del delegado:
Representar a sus compañeros en las reuniones a las que asista (claustro y/o comisión de convivencia u otras).
Recoger quejas o sugerencias de los mismos.
Asistir a las reuniones a las que se convoque.
La asamblea se reúne, en sesión ordinaria, una vez al menos cada trimestre, y en sesión extraordinaria cuando así lo solicite
un mínimo de 8 alumnos ante los delegados elegidos.
La organización operativa del programa responderá a la distribución de funciones del personal que compone cada proyecto.
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