Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campillo de Llerena. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06379/2023)
Corrección de error en edicto publicado el 28/12/2022 sobre las bases y convocatoria para la provisión de un puesto de Agente de Empleo y Desarrollo Local, mediante concurso, incluido en la oferta de empleo para la estabilización
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Campillo de Llerena
Anuncio 6379/2022
Mérito
Puntuación
A2 Resto de servicios prestados en el sector público en la categoría profesional a la que se
desea acceder, por mes completo.
0,10 puntos.
B
Máximo 10
puntos.
Titulación académica.
La titulación académica se acreditará mediante entrega de copia del título académico oficial
de mayor grado alcanzado.
B1 Por lo posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel superior
distintas a la requerida para el acceso al cuerpo, escala o categoría correspondiente, por
titulación o master universitario o equivalente.
10 puntos.
C
Máximo 10
puntos.
Formación.
Los méritos por formación se acreditarán mediante entrega de los diplomas o certificados
correspondientes a los cursos alegados.
Debe decir:
Séptima.- Sistema de selección y desarrollo del proceso.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de una sola fase de concurso.
Los méritos que pueden apreciarse en la fase de concurso son los que siguen, con una
puntuación máxima de 100 puntos:
Mérito
A
Méritos profesionales.
Los méritos profesionales se acreditarán con informe de vida laboral expedido por la
Seguridad Social, acompañado de documentos como contratos de trabajo certificados de
empresas e informes de la administración o empresa contratante que identifiquen la
categoría profesional y funciones del puesto desempeñado. Para los aspirantes
trabajadores de la entidad convocante se comprobara de oficio.
Puntuación
Máximo 80
puntos.
A1 Servicios prestados como personal funcionario interino o como personal laboral temporal
en la categoría profesional de Agente de Empleo y Desarrollo Local en la Administración
convocante, por mes completo.
0,40 puntos.
A2 Resto de servicios prestados en el sector público en la categoría profesional a la que se
desea acceder, por mes completo.
0,10 puntos.
B
Máximo 10
puntos.
Titulación académica.
La titulación académica se acreditará mediante entrega de copia del título académico oficial
de mayor grado alcanzado.
B1 Por lo posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel superior
distintas a la requerida para el acceso al cuerpo, escala o categoría correspondiente, por
titulación o master universitario o equivalente.
10 puntos.
C
Máximo 10
puntos.
Formación.
Los méritos por formación se acreditarán mediante entrega de los diplomas o certificados
correspondientes a los cursos alegados.
Contra la presente resolución que poner fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición
potestativo ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Campillo de Llerena, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas , o recurso contencioso-administrativo, ante el
juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el articulo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En Campillo de Llerena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, José Antonio Lianes Vera.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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A2 Resto de servicios prestados en el sector público en la categoría profesional a la que se
desea acceder, por mes completo.
0,10 puntos.
B
Máximo 10
puntos.
Titulación académica.
La titulación académica se acreditará mediante entrega de copia del título académico oficial
de mayor grado alcanzado.
B1 Por lo posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel superior
distintas a la requerida para el acceso al cuerpo, escala o categoría correspondiente, por
titulación o master universitario o equivalente.
10 puntos.
C
Máximo 10
puntos.
Formación.
Los méritos por formación se acreditarán mediante entrega de los diplomas o certificados
correspondientes a los cursos alegados.
Debe decir:
Séptima.- Sistema de selección y desarrollo del proceso.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de una sola fase de concurso.
Los méritos que pueden apreciarse en la fase de concurso son los que siguen, con una
puntuación máxima de 100 puntos:
Mérito
A
Méritos profesionales.
Los méritos profesionales se acreditarán con informe de vida laboral expedido por la
Seguridad Social, acompañado de documentos como contratos de trabajo certificados de
empresas e informes de la administración o empresa contratante que identifiquen la
categoría profesional y funciones del puesto desempeñado. Para los aspirantes
trabajadores de la entidad convocante se comprobara de oficio.
Puntuación
Máximo 80
puntos.
A1 Servicios prestados como personal funcionario interino o como personal laboral temporal
en la categoría profesional de Agente de Empleo y Desarrollo Local en la Administración
convocante, por mes completo.
0,40 puntos.
A2 Resto de servicios prestados en el sector público en la categoría profesional a la que se
desea acceder, por mes completo.
0,10 puntos.
B
Máximo 10
puntos.
Titulación académica.
La titulación académica se acreditará mediante entrega de copia del título académico oficial
de mayor grado alcanzado.
B1 Por lo posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel superior
distintas a la requerida para el acceso al cuerpo, escala o categoría correspondiente, por
titulación o master universitario o equivalente.
10 puntos.
C
Máximo 10
puntos.
Formación.
Los méritos por formación se acreditarán mediante entrega de los diplomas o certificados
correspondientes a los cursos alegados.
Contra la presente resolución que poner fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición
potestativo ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Campillo de Llerena, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas , o recurso contencioso-administrativo, ante el
juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el articulo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En Campillo de Llerena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, José Antonio Lianes Vera.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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