Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06522/2023)
Bases por la que se convoca a concurso-oposición una plaza de Monitor/a Deportivo-Auxiliar de Instalaciones Deportivas, como personal laboral fijo, acogida al proceso de estabilización extraordinario de empleo público
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero
Anuncio 6522/2022
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud.
4. El abono de las tasas se realizará atendiendo a lo siguiente:
a) Dentro del plazo de presentación de instancias, los sujetos participantes deberán realizar ingreso bancario
en Banca Pueyo ES09 0078 0023 49 4002000012, indicando en el concepto "Concurso una plaza Monitor/a
Deportivo-Auxiliar de Instalaciones Deportivas".
b) La falta de pago de la tasa en el plazo señalado en el párrafo anterior, determinará la inadmisión del
aspirante a las pruebas selectivas.
c) A la solicitud de inscripción habrá de acompañarse, en todo caso, copia del justificante de ingreso. En el
caso de que el aspirante sea una de las personas beneficiadas por la reducción de la tarifa, deberá
presentarse la documentación que en el mismo se indica.
5. Formas y lugares de presentación de la solicitud:
Las instancias, dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Torre de
Miguel Sesmero dentro del horario de atención al público de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, o también en la forma
establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quienes no presenten directamente su solicitud en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Torre de Miguel
Sesmero, y lo hagan en cualquiera de las formas y lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán remitir además a la Secretaría General
del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero copia de la solicitud vía correo electrónico:
secretaria@torredemiguelsesmero.es (correo electrónico de la Secretaría General del Ayuntamiento de Torre de Miguel
Sesmero). No obstante lo anterior, si la solicitud se ha registrado a través de la Plataforma ORVE, no será necesario el envío
de dicho correo electrónico.
La documentación que sea presentada a través de oficinas de Correos deberá ir en sobre abierto y debidamente fechada y
sellada por el personal de Correos antes de ser certificada junto con los documentos que se presenten.
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento, como el
justificante del pago de las tasas, la declaración responsable acreditativa de cumplir los requisitos establecidos en las
presente convocatoria, el anexo I cumplimentado y los méritos a valorar en la fase de concurso.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa Presidenta de la Corporación dictará resolución
declarando aprobada la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página web del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero, se hará pública
la lista completa de personas aspirantes admitidos y excluidos, con indicación del plazo de subsanación previsto en el
artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página
web del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero resolución elevando a definitiva la lista provisional con la inclusión de los
aspirantes que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones, determinando lugar, fecha y hora de inicio del
procedimiento y los componentes del Tribunal de Selección.
3. Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la página web del Ayuntamiento
de Torre de Miguel Sesmero. A efectos de cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación del correspondiente anuncio en
la página web del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero.
4. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con las demás personas aspirantes. El
Tribunal de Selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabar los informes que correspondan, concederá o
denegará las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las solicitudes de adaptación, se tendrá en cuenta
que las mismas no deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia
exigible para superar el proceso selectivo, así como que la adaptación guarde relación directa con el formato del ejercicio a
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 14
Anuncio 6522/2022
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud.
4. El abono de las tasas se realizará atendiendo a lo siguiente:
a) Dentro del plazo de presentación de instancias, los sujetos participantes deberán realizar ingreso bancario
en Banca Pueyo ES09 0078 0023 49 4002000012, indicando en el concepto "Concurso una plaza Monitor/a
Deportivo-Auxiliar de Instalaciones Deportivas".
b) La falta de pago de la tasa en el plazo señalado en el párrafo anterior, determinará la inadmisión del
aspirante a las pruebas selectivas.
c) A la solicitud de inscripción habrá de acompañarse, en todo caso, copia del justificante de ingreso. En el
caso de que el aspirante sea una de las personas beneficiadas por la reducción de la tarifa, deberá
presentarse la documentación que en el mismo se indica.
5. Formas y lugares de presentación de la solicitud:
Las instancias, dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Torre de
Miguel Sesmero dentro del horario de atención al público de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, o también en la forma
establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quienes no presenten directamente su solicitud en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Torre de Miguel
Sesmero, y lo hagan en cualquiera de las formas y lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán remitir además a la Secretaría General
del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero copia de la solicitud vía correo electrónico:
secretaria@torredemiguelsesmero.es (correo electrónico de la Secretaría General del Ayuntamiento de Torre de Miguel
Sesmero). No obstante lo anterior, si la solicitud se ha registrado a través de la Plataforma ORVE, no será necesario el envío
de dicho correo electrónico.
La documentación que sea presentada a través de oficinas de Correos deberá ir en sobre abierto y debidamente fechada y
sellada por el personal de Correos antes de ser certificada junto con los documentos que se presenten.
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento, como el
justificante del pago de las tasas, la declaración responsable acreditativa de cumplir los requisitos establecidos en las
presente convocatoria, el anexo I cumplimentado y los méritos a valorar en la fase de concurso.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa Presidenta de la Corporación dictará resolución
declarando aprobada la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página web del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero, se hará pública
la lista completa de personas aspirantes admitidos y excluidos, con indicación del plazo de subsanación previsto en el
artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página
web del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero resolución elevando a definitiva la lista provisional con la inclusión de los
aspirantes que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones, determinando lugar, fecha y hora de inicio del
procedimiento y los componentes del Tribunal de Selección.
3. Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la página web del Ayuntamiento
de Torre de Miguel Sesmero. A efectos de cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación del correspondiente anuncio en
la página web del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero.
4. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con las demás personas aspirantes. El
Tribunal de Selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabar los informes que correspondan, concederá o
denegará las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las solicitudes de adaptación, se tendrá en cuenta
que las mismas no deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia
exigible para superar el proceso selectivo, así como que la adaptación guarde relación directa con el formato del ejercicio a
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 14