Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Alcocer. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06459/2023)
Bases y convocatoria del proceso extraordinario de estabilización de empleo público en cumplimiento de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, para cubrir varias plazas de personal laboral fijo mediante concurso.
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Ayuntamiento de Puebla de Alcocer
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La persona candidata deberá rellenar y presentar el autobaremo del anexo II.
El autobaremo vinculará a las personas aspirantes en relación a la documentación aportada, siendo la
puntuación definitiva, en todo caso, la fijada por el Tribunal de Selección.
Se adjuntarán copia de todos los méritos alegados para el concurso:
Informe de Vida Laboral actualizado a fecha de la convocatoria.
Contratos de trabajo o certificado de servicios prestados en Administración Pública distinta de
Ayuntamiento de Puebla de Alcocer emitido por órgano competente donde figuren los datos
imprescindibles para poder valorarlos, denominación de la plaza, grupo de clasificación y duración de
la jornada.
Diplomas o certificaciones de cursos de formación y actividades formativas.
La antigüedad en Ayuntamiento de Puebla de Alcocer se comprobará de oficio.
Todos los documentos que se presenten irán numerados de forma correlativa, comenzando por el número
uno y en el orden que se establece en el modelo de autobaremo, es decir, primero los documentos referentes
a la antigüedad y a continuación los relativos a los de formación, de esta forma el número de documento que
se indique en el modelo de autobaremo debe coincidir con el número asignado al documento que se adjunta.
Octava. Resolución de la convocatoria.
Una vez finalizado el proceso de selección a través de concurso, el Tribunal hará pública la relación de
personas aprobadas por orden de puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para el
nombramiento como laboral fijo en función de la plaza convocada, de quien haya obtenido la mayor
puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de funcionaria de carrera o laboral fijo de un
número superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que
contravengan esta limitación.
Las personas que no superen el proceso selectivo, se incluirán en bolsas de personal laboral temporal
específicas.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles desde
que se publican en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección:
https://puebladealcocer.sedelectronica.es, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de
la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de
trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que
corresponda de acuerdo con la normativa laboral (teniendo presente el artículo 14.1 del Estatuto de los
Trabajadores), con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de empleado público.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de
los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los
trabajadores, mediante entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
Con aquellas personas que, habiendo participado en el proceso selectivo, y no habiendo obtenido la
puntuación suficiente para ocupar el puesto al que opte pero sí hayan obtenido 2 puntos mínimos exigidos,
se procederá a la inclusión en bolsas de personal laboral temporal de interinos específicas, por orden de
puntuación.
Tendrá una vigencia máxima de tres años y se entenderá automáticamente prorrogada si no se constituyese
nueva bolsa.
Esta bolsa de empleo sustituirá a cualquier otra existente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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La persona candidata deberá rellenar y presentar el autobaremo del anexo II.
El autobaremo vinculará a las personas aspirantes en relación a la documentación aportada, siendo la
puntuación definitiva, en todo caso, la fijada por el Tribunal de Selección.
Se adjuntarán copia de todos los méritos alegados para el concurso:
Informe de Vida Laboral actualizado a fecha de la convocatoria.
Contratos de trabajo o certificado de servicios prestados en Administración Pública distinta de
Ayuntamiento de Puebla de Alcocer emitido por órgano competente donde figuren los datos
imprescindibles para poder valorarlos, denominación de la plaza, grupo de clasificación y duración de
la jornada.
Diplomas o certificaciones de cursos de formación y actividades formativas.
La antigüedad en Ayuntamiento de Puebla de Alcocer se comprobará de oficio.
Todos los documentos que se presenten irán numerados de forma correlativa, comenzando por el número
uno y en el orden que se establece en el modelo de autobaremo, es decir, primero los documentos referentes
a la antigüedad y a continuación los relativos a los de formación, de esta forma el número de documento que
se indique en el modelo de autobaremo debe coincidir con el número asignado al documento que se adjunta.
Octava. Resolución de la convocatoria.
Una vez finalizado el proceso de selección a través de concurso, el Tribunal hará pública la relación de
personas aprobadas por orden de puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para el
nombramiento como laboral fijo en función de la plaza convocada, de quien haya obtenido la mayor
puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de funcionaria de carrera o laboral fijo de un
número superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que
contravengan esta limitación.
Las personas que no superen el proceso selectivo, se incluirán en bolsas de personal laboral temporal
específicas.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles desde
que se publican en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección:
https://puebladealcocer.sedelectronica.es, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de
la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de
trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que
corresponda de acuerdo con la normativa laboral (teniendo presente el artículo 14.1 del Estatuto de los
Trabajadores), con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de empleado público.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de
los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los
trabajadores, mediante entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
Con aquellas personas que, habiendo participado en el proceso selectivo, y no habiendo obtenido la
puntuación suficiente para ocupar el puesto al que opte pero sí hayan obtenido 2 puntos mínimos exigidos,
se procederá a la inclusión en bolsas de personal laboral temporal de interinos específicas, por orden de
puntuación.
Tendrá una vigencia máxima de tres años y se entenderá automáticamente prorrogada si no se constituyese
nueva bolsa.
Esta bolsa de empleo sustituirá a cualquier otra existente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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