Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barcarrota. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06418/2023)
Bases de la convocatoria personal laboral fijo, por el sistema de concurso de méritos, de una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local, incluidas en la oferta de empleo público para estabilización
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Barcarrota
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aspirante la comunicación de cualquier cambio de domicilio, lo mismo ocurrirá con el número de teléfono y de dirección de
correo electrónico.
En el caso de presentarse las solicitudes de participación por cualquiera de los modos previstos en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015 que no sea el Registro General del Ayuntamiento de Barcarrota, una copia de la solicitud de participación deberá
ser remitida al correo electrónico ayuntamiento@barcarrota.net, copia exclusivamente de la solicitud dentro del mismo día
de su presentación en el organismo correspondiente. No será necesaria dicha comunicación cuando la solicitud se presente
en sede electrónica.
Los aspirantes deberán hacer constar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en las bases, referidos
siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes.
La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
a). Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte, siempre en vigor, y sin perjuicio de la
obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.
b). Fotocopia simple de la titulación académica oficial requerida en la convocatoria, sin perjuicio de la
obligación futura de la presentación del original o fotocopia compulsada. Equivaldrá al titulo, un certificado
acreditativo de reunir los requisitos para la expedición del mismo, emitido por el organismo público
competente, así como el justificante de liquidación del pago de las tasas académicas por su expedición.
c). Resguardo acreditativo de haber hecho efectivo los derechos de examen, los cuales se fijan en la cantidad
de 20,00 € cuyo importe será integro se hará efectivo mediante ingreso bancario en el número de cuenta:
ES90 3009 0611 4348 2824 Caja Rural de Extremadura, indicando "Prueba selectiva Agente de Empleo y
Desarrollo Local".
El ingreso deberá efectuarse antes de presentar la correspondiente solicitud de participación en el proceso
selectivo, no admitiéndose el pago fuera de dicho plazo. El justificante de pago habrá de anexionarse a la
instancia. Sin el cumplimiento de la acreditación del ingreso junto con la instancia, decaerá el derecho del
aspirante a la admisión a las pruebas selectivas. En ningún caso la presentación y pago en la entidad
colaboradora supondrá sustitución del trámite de la presentación de la acreditación del mismo, en tiempo y
forma, junto con la solicitud.
d). Los aspirantes deberán aportar junto a la solicitud fotocopia de los documentos acreditativos de los
méritos alegados referidos a la Base Novena de la presente convocatoria. No será necesaria la compulsa de
los documentos que se presenten fotocopiados, bastando declaración responsable del interesado sobre la
autenticidad de los mismos, así como de los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que, en
cualquier momento, el Tribunal Calificador o los órganos competentes del Ayuntamiento de Barcarrota
puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y
que hayan sido objeto de valoración.
La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos, será la de la
finalización del plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso se valorarán méritos no acreditados documentalmente
en plazo.
Séptima.- Admisión de los aspirantes
Las condiciones que deben tener los aspirantes para el acceso al proceso selectivo de conformidad con el articulo 56 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, son las siguientes.
a). Nacionalidad: Poseer la nacionalidad española. También podrán acceder, en igualdad de condiciones a los
españoles, con excepción de aquellas plazas o puestos que impliquen una participación directa o indirecta en
el poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las
Administraciones Públicas, las personas fijadas en el art. 57 del TREBEP.
b). Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del puesto al que
aspira.
c). Edad: Tener cumplidos 16 años de edad, y no exceder en su caso, de la máxima de jubilación forzosa, en
día que termine el plazo de presentación d solicitudes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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correo electrónico.
En el caso de presentarse las solicitudes de participación por cualquiera de los modos previstos en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015 que no sea el Registro General del Ayuntamiento de Barcarrota, una copia de la solicitud de participación deberá
ser remitida al correo electrónico ayuntamiento@barcarrota.net, copia exclusivamente de la solicitud dentro del mismo día
de su presentación en el organismo correspondiente. No será necesaria dicha comunicación cuando la solicitud se presente
en sede electrónica.
Los aspirantes deberán hacer constar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en las bases, referidos
siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes.
La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
a). Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte, siempre en vigor, y sin perjuicio de la
obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.
b). Fotocopia simple de la titulación académica oficial requerida en la convocatoria, sin perjuicio de la
obligación futura de la presentación del original o fotocopia compulsada. Equivaldrá al titulo, un certificado
acreditativo de reunir los requisitos para la expedición del mismo, emitido por el organismo público
competente, así como el justificante de liquidación del pago de las tasas académicas por su expedición.
c). Resguardo acreditativo de haber hecho efectivo los derechos de examen, los cuales se fijan en la cantidad
de 20,00 € cuyo importe será integro se hará efectivo mediante ingreso bancario en el número de cuenta:
ES90 3009 0611 4348 2824 Caja Rural de Extremadura, indicando "Prueba selectiva Agente de Empleo y
Desarrollo Local".
El ingreso deberá efectuarse antes de presentar la correspondiente solicitud de participación en el proceso
selectivo, no admitiéndose el pago fuera de dicho plazo. El justificante de pago habrá de anexionarse a la
instancia. Sin el cumplimiento de la acreditación del ingreso junto con la instancia, decaerá el derecho del
aspirante a la admisión a las pruebas selectivas. En ningún caso la presentación y pago en la entidad
colaboradora supondrá sustitución del trámite de la presentación de la acreditación del mismo, en tiempo y
forma, junto con la solicitud.
d). Los aspirantes deberán aportar junto a la solicitud fotocopia de los documentos acreditativos de los
méritos alegados referidos a la Base Novena de la presente convocatoria. No será necesaria la compulsa de
los documentos que se presenten fotocopiados, bastando declaración responsable del interesado sobre la
autenticidad de los mismos, así como de los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que, en
cualquier momento, el Tribunal Calificador o los órganos competentes del Ayuntamiento de Barcarrota
puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y
que hayan sido objeto de valoración.
La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos, será la de la
finalización del plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso se valorarán méritos no acreditados documentalmente
en plazo.
Séptima.- Admisión de los aspirantes
Las condiciones que deben tener los aspirantes para el acceso al proceso selectivo de conformidad con el articulo 56 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, son las siguientes.
a). Nacionalidad: Poseer la nacionalidad española. También podrán acceder, en igualdad de condiciones a los
españoles, con excepción de aquellas plazas o puestos que impliquen una participación directa o indirecta en
el poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las
Administraciones Públicas, las personas fijadas en el art. 57 del TREBEP.
b). Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del puesto al que
aspira.
c). Edad: Tener cumplidos 16 años de edad, y no exceder en su caso, de la máxima de jubilación forzosa, en
día que termine el plazo de presentación d solicitudes.
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