Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Gargáligas. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06467/2023)
Bases de la convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso-oposición para cubrir una plaza de Técnico/a Educación Infantil
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Gargáligas

Anuncio 6467/2022

f) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes sexuales.
La persona aspirante propuesta, deberá someterse a reconocimiento médico en Centro designado por la Administración
contratante, que acredite su capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho
reconocimiento concluya con un dictamen negativo, el/la aspirante no podrá ser contratado, quedando anuladas sus
actuaciones.
Quienes, dentro del plazo anterior, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado/a, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Tras los trámites anteriores, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al
puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del periodo de prueba que
corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador/a adquirirá la condición
de empleado público.
Formalizado el contrato, deberá comunicarse a la oficina de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes
a su concertación. Asimismo, deberá informarse a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una
copia básica del contrato celebrado.
Novena.- Vinculación e incidencias.
Las presentes bases vinculan a la Entidad Local Menor de Gargáligas, al Tribunal Calificador y a quienes participen en el
proceso selectivo.
No obstante, el Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas que surjan durante el proceso selectivo y
adoptar los acuerdos necesarios en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases.
Décima.- Régimen de recursos.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/20158, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá interponerse por las
personas interesadas legitimadas uno de los siguientes recursos:
a) Reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Si transcurriese un
mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que este haya sido resuelto,
podrá entenderse que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz en el plazo de seis meses.
b) Contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, dentro del plazo
de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las bases podrán ser interpuestos por las personas
interesadas los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre; la Ley 40/2015, de 1 de octubre; el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; la Ley 13/2015, de 8 de abril y el decreto 201/1995, de 26 de diciembre, de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que no contradigan al Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público; las bases de la convocatoria y, supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
En Gargáligas, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Andrés Bravo Carrasco.
____________
ANEXO I.- SOLICITUD. SELECCIÓN MEDIANTE CONCURSO - OPOSICIÓN DE LA PLAZA CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE
EMPLEO EXTRAORDINARIA DE ESTABILIZACIÓN DE TÉCNICO/A DE EDUCACIÓN INFANTIL.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 7 de 11