Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Gargáligas. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06467/2023)
Bases de la convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso-oposición para cubrir una plaza de Técnico/a Educación Infantil
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Ayuntamiento de Gargáligas

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Se valorarán los siguientes méritos:
1.- Por participación en actividades de formación convocadas por cualquier Administración Pública u otras
entidades públicas o privadas, que estén directamente relacionadas con el puesto de trabajo, por cada 50
horas de cada actividad formativa, se otorgarán 0,10 puntos hasta un máximo de 2 puntos.
Los méritos por cursos de formación y especialización realizados se acreditarán mediante copia auténtica de
la titulación correspondiente, debiendo constar expresamente la materia impartida y el número de horas de
duración, de no venir expresado alguno de estos extremos no podrá computarse.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
Una vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal Único hará público, por el mismo procedimiento dispuesto
para la fase de oposición, la relación de aspirantes con la puntuación obtenida en el concurso de méritos,
disponiendo los/as interesados/as de un plazo de 10 días hábiles para efectuar reclamaciones ante el mismo.
La puntuación final y el orden de aprobados vendrán determinados por la suma de la de las calificaciones
obtenidas por cada uno/a de los/as aspirantes en la fase de oposición y en la fase de concurso. En caso de
empate, se resolverá el mismo se acudirá para dirimirlo a la mayor puntuación obtenida en el apartado a.1 de
la base séptima; si aún persiste el empate a la mayor puntuación obtenida en el apartado a.2 de la base
séptima; de persistir el empate a la mayor puntuación obtenida en el apartado b.1 de la base séptima; de
persistir el empate a la mayor puntuación obtenida en el apartado b.2 de la base séptima, y si aún persistiera
el empate, se resolverá por sorteo.
Octava.- Relación de aprobados/a y toma de posesión de plaza.
Resuelto el plazo de alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el Tribunal hará
pública la relación de aspirantes por orden de puntuación, indicando aquellos propuestos para su contratación, que se
elevará al Alcalde para que proceda al objeto de formalizar la contratación y ocupar la plaza, en el plazo máximo de un mes
a contar del siguiente al que les sea notificado haber superado el proceso selectivo.
Las personas seleccionadas deberán presentar en la Entidad Local de Gargáligas, dentro del plazo de veinte días hábiles a
contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública la relación de aprobados, los siguientes documentos acreditativos
de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o
descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán
presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco
y una declaración jurada del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o
está a su cargo.
c) Fotocopia y original del título exigido en estas bases, o certificación académica original que acredite haber
realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo.
d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido
separado o inhabilitado. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse
inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
e) Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en
la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas. Quienes tuvieran la condición de funcionarios/as estarán exentos de justificar documentalmente las
condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar
certificación de la Administración de quien dependan, acreditando cuantas circunstancias consten en su hoja
de servicios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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