Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Roca de la Sierra. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06389/2023)
Bases de la convocatoria para la estabilización de cuatro plazas de Auxiliar de Ayuda a Domicilio
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Ayuntamiento de La Roca de la Sierra

Anuncio 6389/2022

acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida, o en condiciones de obtenerla en la fecha de expiración del plazo de admisión
de solicitudes (se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han
superado los estudios conducentes al mismo y han sido abonados los derechos para su expedición, lo cual se
acreditará con la correspondiente certificación del centro de estudios correspondiente). Se acreditará
mediante el título expedido por la autoridad académica competente. Titulación exigida: Estar en posesión de
alguna de las siguientes titulaciones o certificados:
- F.P. Título de Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería.
- F.P. I: Título de Técnico/a Auxiliar de Enfermería.
- F.P. I: Título de Técnico/a Auxiliar de Clínica.
- F.P. I: Título de Técnico/a Auxiliar de Psiquiatría.
- F.P. Grado Medio: Título de Técnico/a en Atención Socio-Sanitaria.
- F.P. Grado Medio: Titulo Técnico/a en Atención a Personas en Situación de Dependencia.
- Certificado de Profesionalidad de Atención Socio-Sanitaria a personas en el Domicilio.
- Certificado de Profesionalidad de Auxiliar de Ayuda a Domicilio.
- Certificado de Profesionalidad de Atención Socio-Sanitaria a Personas Dependientes en
Instituciones Sociales.

Tercera. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (anexo I), requiriendo tomar parte en el proceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las
condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento, y
se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección:
https://sede.larocadelasierra.es/] y en el tablón de anuncios, insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial
del Estado.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, en el plazo legalmente establecido,
declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial
de la Provincia, en la sede electrónica de este Ayuntamiento y, en el tablón de anuncios, se señalará un plazo de diez días
hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que
se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el tablón de anuncios.
Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
Quinta. Tribunal Calificador.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de
los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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