Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monesterio. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06490/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad dos plazas de Trabajador Social, como personal laboral, en el turno libre por el sistema de concurso, dentro del proceso de estabilización
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Ayuntamiento de Monesterio
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(BOE), una vez que se hayan publicado íntegramente las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de
3.4.- Derechos de examen: De acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la tasa
por derechos de examen aprobada por este Ayuntamiento (BOP de Badajoz de 19/11/2020), se fijan en la
cantidad de 25,00 euros, cuyo importe se hará efectivo dentro del plazo de presentación de instancias,
mediante ingreso bancario en cualquiera de las siguientes cuentas:
Ibercaja
ES60 2085 4525 4103 3020 6645
C.R. de Extremadura
ES88 3009 0040 7911 4258 5221
Cajaalmendralejo
ES69 3001 0038 9038 1000 0066
Caixabank
ES49 2100 5947 9102 0000 2207
BBVA
ES61 0182 6031 6800 0002 1869
Liberbank
ES98 2048 1142 6934 0000 0397
En el documento de pago deberá figurar: "Excmo. Ayuntamiento de Monesterio. Pruebas selectivas a dos
plazas de Trabajador Social, nombre, apellidos y DNI del aspirante."
La falta de abono de la tasa dentro del plazo de presentación de instancias, determinará la exclusión de la
persona aspirante, no pudiendo ser subsanable este defecto.
No se procederá a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas
selectivas por causa imputable a la persona interesada.
3.5.- Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito
motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
4.1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución en el
plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, así como la
causa de exclusión de éstos últimos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Badajoz
y en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Monesterio, con indicación del plazo
de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4.2.- Las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en resolución de la Alcaldía, por la que
se aprueba la lista definitiva de aspirantes, que se dictará en el plazo máximo de un mes contado desde la
finalización del plazo de subsanación de errores y reclamaciones, que será publicada en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz, tablón de anuncios y sede electrónica municipal
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o aleguen respecto a la
omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos
de la realización de las pruebas.
Si no hubiera reclamaciones, transcurrido el plazo para efectuar las mismas, la lista provisional, se convertirá
en definitiva.
Con la lista definitiva de admitidos y excluidos se publicará la relación nominal de los miembros del Tribunal
Calificador y la fecha, lugar y hora de celebración del concurso en el que consistirá el proceso selectivo.
4.3.- Contra las resoluciones a que se refieren las presentes bases, así como contra aquellas otras que
resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso contencioso
administrativo conforme a la Ley reguladora de dicha jurisdicción o cualquiera otro que se estime oportuno.
Quinta.- Tribunal Calificador.
5.1.- El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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(BOE), una vez que se hayan publicado íntegramente las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de
3.4.- Derechos de examen: De acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la tasa
por derechos de examen aprobada por este Ayuntamiento (BOP de Badajoz de 19/11/2020), se fijan en la
cantidad de 25,00 euros, cuyo importe se hará efectivo dentro del plazo de presentación de instancias,
mediante ingreso bancario en cualquiera de las siguientes cuentas:
Ibercaja
ES60 2085 4525 4103 3020 6645
C.R. de Extremadura
ES88 3009 0040 7911 4258 5221
Cajaalmendralejo
ES69 3001 0038 9038 1000 0066
Caixabank
ES49 2100 5947 9102 0000 2207
BBVA
ES61 0182 6031 6800 0002 1869
Liberbank
ES98 2048 1142 6934 0000 0397
En el documento de pago deberá figurar: "Excmo. Ayuntamiento de Monesterio. Pruebas selectivas a dos
plazas de Trabajador Social, nombre, apellidos y DNI del aspirante."
La falta de abono de la tasa dentro del plazo de presentación de instancias, determinará la exclusión de la
persona aspirante, no pudiendo ser subsanable este defecto.
No se procederá a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas
selectivas por causa imputable a la persona interesada.
3.5.- Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito
motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
4.1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución en el
plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, así como la
causa de exclusión de éstos últimos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Badajoz
y en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Monesterio, con indicación del plazo
de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4.2.- Las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en resolución de la Alcaldía, por la que
se aprueba la lista definitiva de aspirantes, que se dictará en el plazo máximo de un mes contado desde la
finalización del plazo de subsanación de errores y reclamaciones, que será publicada en el Boletín Oficial de la
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Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o aleguen respecto a la
omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos
de la realización de las pruebas.
Si no hubiera reclamaciones, transcurrido el plazo para efectuar las mismas, la lista provisional, se convertirá
en definitiva.
Con la lista definitiva de admitidos y excluidos se publicará la relación nominal de los miembros del Tribunal
Calificador y la fecha, lugar y hora de celebración del concurso en el que consistirá el proceso selectivo.
4.3.- Contra las resoluciones a que se refieren las presentes bases, así como contra aquellas otras que
resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso contencioso
administrativo conforme a la Ley reguladora de dicha jurisdicción o cualquiera otro que se estime oportuno.
Quinta.- Tribunal Calificador.
5.1.- El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:
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www.dip-badajoz.es/bop
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