Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monesterio. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06496/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad cinco puestos de Auxiliares del Servicio de Ayuda a Domicilio, como personal laboral, dentro del proceso de estabilización
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Monesterio

Anuncio 6496/2022

de 30 días.
6.2.1.c.- Un máximo de un punto. Por servicios prestado en el desempleo del puesto de trabajo
de la categoría y funciones del puesto convocado, en cualquier empresa privada o publica
ajena a la administración pública, se otorgaran 0,05 puntos por mes completo de servicios
prestado.
La acreditación de los servicios prestados en las distintas administraciones públicas deberá hacerse
obligatoriamente mediante la presentación de la certificación contenida en el anexo I del Real Decreto
1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre,
de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.
La acreditación de los servicios en empresas del sector privado ha de hacerse con copia del contrato de
trabajo, certificación de empresa, y en su caso informe de vida laboral.
6.2.2.- Cursos de formación: Los cursos se valorarán hasta un máximo de 1 punto. No se tendrá en cuenta la
titulación ya valorada en el apartado anterior.
Se valorarán los títulos y/o cursos de perfeccionamiento y especialización y másteres realizados en
colaboración/ convocados /financiados/impartidos por cualquier entidad del sector público/centros de
enseñanza autorizados por AAPP/asociaciones de utilidad pública, debidamente acreditados, y en los que
conste su duración, y que versen sobre materias directamente relacionadas con la plaza/puesto que se opta
(de acuerdo con las funciones fijadas para el puesto en la RPT), atendiendo al siguiente desglose:
Por cada 10 horas de formación se otorgarán 0,10 puntos, hasta un máximo de 1 punto por actividad.
A estos efectos, un crédito equivale a 10 horas y a 0,10 puntos.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya
repetido su participación y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado.
A efectos de valoración se deberá aportar copia compulsada del diploma de asistencia al curso en el que
figure el nombre de la persona, en calidad de alumno activo, o docente, y el número de horas de duración, o
certificado de la entidad organizadora.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
Séptima.-Incidencias.- El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del proceso selectivo, que acrediten
la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguna de las personas aspirantes ha realizado cualquier tipo
de actuación fraudulenta o incurrido en falsedad manifiesta en su solicitud, que genere competencia desleal de acuerdo con
los principios de igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia a la persona interesada, deberá emitir propuesta motivada
de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de personas aspirantes
admitidas, comunicando las falsedades o actuaciones fraudulentas formuladas por la persona aspirante. Contra la
resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
Tras la exposición de la lista provisional por orden de puntuación se abrirá un plazo de 5 días hábiles para posibles
reclamaciones.
Una vez resueltas, se procederá a publicar, la lista definitiva de aspirantes por orden de puntuación.
En caso de que, dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta, a efectos de
desempate y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
1.
2.
3.
4.

Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional: a.2) Experiencia en el Ayuntamiento de Monesterio.
Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional: a.3) Experiencia en otras Administraciones Públicas.
Mayor puntuación en el apartado b) de formación
Por sorteo.

Octava.- Resolución de la convocatoria.
8.1.- Una vez finalizado el concurso, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden de puntuación y
remitirá al órgano convocante, una propuesta para el nombramiento como personal laboral fijo de quien haya obtenido la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 8 de 14