Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monesterio. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06496/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad cinco puestos de Auxiliares del Servicio de Ayuda a Domicilio, como personal laboral, dentro del proceso de estabilización
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Monesterio
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Segunda.- Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos/as a la realización del proceso selectivo correspondiente, los/as aspirantes deberán poseer al día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, durante el desarrollo del proceso selectivo y mantener hasta el
momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo
público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del puesto al
que se aspira.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Titulación:
Título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o Títulos equivalentes de Técnico Auxiliar de
Clínica, Técnico Auxiliar Psiquiatría y Técnico Auxiliar de Enfermería.
Título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia o de Técnico en Atención
Sociosanitaria.
Título de Técnico Superior en Integración Social o el Título equivalente de Técnico Superior en
Integración Social, para aquellos profesionales que a la fecha de publicación del Acuerdo de 19 de
octubre de 2017 del Consejo territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía se
encntraen trabajando en la categoría profesional de cuidador o gerocultor.
Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones
Sociales.
Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas en el Domicilio, o el equivalente,
el Certificado de Profesionalidad de Auxiliar de Ayuda a Domicilio regulado por el Real Decreto
331/1997, de 7 de marzo.
Habilitación Excepcional o la Habilitación Provisional en la categoría profesional de Auxiliar de Ayuda a
Domicilio, cuidador, gerocultor en Centro de Servicios Sociales, expedida por el Junta de Extremadura y
otras Comunidades Autónomas.
e) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de otro
estado, no hallarse inhabilitada/o o en situación equivalente ni haber sido sometida/o a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
f) Estar en posesión de certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, a fecha posterior a
la convocatoria del proceso selectivo, en cumplimiento de lo previsto en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de
enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento
Civil.
g) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere la base 3.4.
Todos estos requisitos establecidos en esta base deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y gozar de los mismos durante el desarrollo del proceso selectivo y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión.
Tercera.- Presentación de solicitudes.
3.1.- Instancias:
a) En las instancias, solicitando tomar parte en el proceso selectivo, conforme al modelo que aparece en el
anexo I, los aspirantes, dentro del plazo legal concedido para ello, deberán manifestar que reúnen todos y
cada uno de los requisitos exigidos, en los términos en que se recogen, en la base segunda, y que se
comprometen a prestar juramento, o promesa, de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al
Rey, y guardar, y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado, debiéndose acompañar:
Fotocopias de los siguientes documentos:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Segunda.- Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos/as a la realización del proceso selectivo correspondiente, los/as aspirantes deberán poseer al día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, durante el desarrollo del proceso selectivo y mantener hasta el
momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo
público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del puesto al
que se aspira.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Titulación:
Título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o Títulos equivalentes de Técnico Auxiliar de
Clínica, Técnico Auxiliar Psiquiatría y Técnico Auxiliar de Enfermería.
Título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia o de Técnico en Atención
Sociosanitaria.
Título de Técnico Superior en Integración Social o el Título equivalente de Técnico Superior en
Integración Social, para aquellos profesionales que a la fecha de publicación del Acuerdo de 19 de
octubre de 2017 del Consejo territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía se
encntraen trabajando en la categoría profesional de cuidador o gerocultor.
Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones
Sociales.
Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas en el Domicilio, o el equivalente,
el Certificado de Profesionalidad de Auxiliar de Ayuda a Domicilio regulado por el Real Decreto
331/1997, de 7 de marzo.
Habilitación Excepcional o la Habilitación Provisional en la categoría profesional de Auxiliar de Ayuda a
Domicilio, cuidador, gerocultor en Centro de Servicios Sociales, expedida por el Junta de Extremadura y
otras Comunidades Autónomas.
e) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de otro
estado, no hallarse inhabilitada/o o en situación equivalente ni haber sido sometida/o a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
f) Estar en posesión de certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, a fecha posterior a
la convocatoria del proceso selectivo, en cumplimiento de lo previsto en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de
enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento
Civil.
g) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere la base 3.4.
Todos estos requisitos establecidos en esta base deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y gozar de los mismos durante el desarrollo del proceso selectivo y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión.
Tercera.- Presentación de solicitudes.
3.1.- Instancias:
a) En las instancias, solicitando tomar parte en el proceso selectivo, conforme al modelo que aparece en el
anexo I, los aspirantes, dentro del plazo legal concedido para ello, deberán manifestar que reúnen todos y
cada uno de los requisitos exigidos, en los términos en que se recogen, en la base segunda, y que se
comprometen a prestar juramento, o promesa, de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al
Rey, y guardar, y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado, debiéndose acompañar:
Fotocopias de los siguientes documentos:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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