Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia del Ventoso. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06523/2023)
Bases de la convocatoria para el acceso mediante concurso de ocho plazas vacantes de personal laboral fijo (diversas categorías), acogidas al proceso extraordinario de estabilización de empleo público
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Ayuntamiento de Valencia del Ventoso
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8.4. Criterios de desempate en la puntuación de concurso de méritos
En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate serán y por este orden:
a) Mayor experiencia en la plaza de igual denominación a la que se opte.
b) Mayor formación relacionada con el puesto al que se opta.
c) Si persistiera el empate, se procedería a un sorteo.
8.5. Acreditación de los méritos relativos a la experiencia profesional.
8.5.a. Criterios generales:
Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente, despreciándose
las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes.
8.5.b. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Valencia del Ventoso:
No habrán de ser acreditados por las personas aspirantes, de conformidad con el apartado uno de la
presente base, siendo éstos aportados de oficio por el propio Ayuntamiento de Valencia del Ventoso.
8.5.c. Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas:
Los servicios prestados en otra Administración se acreditarán a través de certificado de servicios
prestados emitido por el órgano competente de la Administración donde se hubiesen efectuado,
indicándose la denominación de la plaza, el grupo de clasificación y el porcentaje de duración de la
jornada. Asimismo, se aportará cualquier otra documentación justificativa de los servicios prestados
que acredite la experiencia profesional aportada.
8.5.d. Los méritos de formación:
Copia de los títulos y/o certificados de la asistencia a los cursos o actividades de formación.
Los méritos se computarán hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
El Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación
aportada, o solicitar cuantas aclaraciones o información adicional, cuando a juicio de dicho Tribunal se
considere necesario.
8.6. Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará un anuncio con las
puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles (5), a partir del día
siguiente a la publicación de las mismas en el apartado "tablón de anuncios" de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Valencia del Ventoso (https://sede.valenciadelventoso.es/).
8.7. Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente en el apartado "tablón de anuncios" de la sede electrónica del Ayuntamiento de Valencia del Ventoso
(https://sede.valenciadelventoso.es/), la resolución de las alegaciones y la lista definitiva con la designación de la persona
aprobada, con indicación de la puntuación definitiva obtenida, y remitirá a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de
Valencia del Ventoso, una propuesta para la cobertura de las plazas convocadas, de quien haya obtenido la mayor
puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de estas siguiendo el
orden de puntuación obtenida de mayor a menor.
El/la aspirante propuesto/a acreditará ante la administración, dentro del plazo de 10 días hábiles desde que se publican en
la sede electrónica de este Ayuntamiento, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos
en la convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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8.4. Criterios de desempate en la puntuación de concurso de méritos
En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate serán y por este orden:
a) Mayor experiencia en la plaza de igual denominación a la que se opte.
b) Mayor formación relacionada con el puesto al que se opta.
c) Si persistiera el empate, se procedería a un sorteo.
8.5. Acreditación de los méritos relativos a la experiencia profesional.
8.5.a. Criterios generales:
Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente, despreciándose
las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes.
8.5.b. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Valencia del Ventoso:
No habrán de ser acreditados por las personas aspirantes, de conformidad con el apartado uno de la
presente base, siendo éstos aportados de oficio por el propio Ayuntamiento de Valencia del Ventoso.
8.5.c. Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas:
Los servicios prestados en otra Administración se acreditarán a través de certificado de servicios
prestados emitido por el órgano competente de la Administración donde se hubiesen efectuado,
indicándose la denominación de la plaza, el grupo de clasificación y el porcentaje de duración de la
jornada. Asimismo, se aportará cualquier otra documentación justificativa de los servicios prestados
que acredite la experiencia profesional aportada.
8.5.d. Los méritos de formación:
Copia de los títulos y/o certificados de la asistencia a los cursos o actividades de formación.
Los méritos se computarán hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
El Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación
aportada, o solicitar cuantas aclaraciones o información adicional, cuando a juicio de dicho Tribunal se
considere necesario.
8.6. Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará un anuncio con las
puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles (5), a partir del día
siguiente a la publicación de las mismas en el apartado "tablón de anuncios" de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Valencia del Ventoso (https://sede.valenciadelventoso.es/).
8.7. Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente en el apartado "tablón de anuncios" de la sede electrónica del Ayuntamiento de Valencia del Ventoso
(https://sede.valenciadelventoso.es/), la resolución de las alegaciones y la lista definitiva con la designación de la persona
aprobada, con indicación de la puntuación definitiva obtenida, y remitirá a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de
Valencia del Ventoso, una propuesta para la cobertura de las plazas convocadas, de quien haya obtenido la mayor
puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de estas siguiendo el
orden de puntuación obtenida de mayor a menor.
El/la aspirante propuesto/a acreditará ante la administración, dentro del plazo de 10 días hábiles desde que se publican en
la sede electrónica de este Ayuntamiento, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos
en la convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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