Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Codosera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00189/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del centro de día
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de La Codosera

Anuncio 189/2023

usuario o su representante legal, debiendo ser formulada la misma por escrito.
DE LOS DEBERES DE LOS USUARIOS
Artículo 15. Los usuarios del centro estarán sujetos a los siguientes deberes:
a) Abonar el importe establecido por la prestación recibida, que en su caso le corresponda.
b) Conocer y cumplir el Reglamento de régimen interno.
c) Conocer y cumplir las normas de funcionamiento interno que se dispongan, y los acuerdos e instrucciones
emanados de la Comisión de Participación del centro de día.
d) Respetar el buen uso de las instalaciones del centro de día, colaborando en su mantenimiento.
e) Poner en conocimiento de la Comisión de Participación del centro de día, las anomalías o irregularidades
que observen en dicho centro.
f) Comunicar al personal del centro sus ausencias y en general, cualquier situación desfavorable en la que se
pueda encontrar cualquier usuario.
g) Acatar y cumplir las instrucciones del personal técnico del centro de día.
h) Firmar el documento que acredite su compromiso a efectos de cumplir las normas establecidas, en el
momento de efectuar el ingreso en el centro.
TÍTULO III.- DE LOS ÓRGANOS DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN
Artículo 16. Los órganos de gestión y representación son:
1. Responsable o Director del centro.
Este cargo será ostentado por el/la Alcalde/sa o Concejal en quien delegue, cuando sea el Ayuntamiento quien
gestione el centro, en caso contrario será nombrado por la empresa adjudicataria.
Funciones:
Hacer cumplir el pliego de condiciones de cesión de servicios, si tal cesión se produjera.
Recibir propuestas relativas a la mejora de los servicios que se prestan en el centro de día.
Recibir de los usuarios las anomalías e irregularidades observadas por los mismos en el centro, tanto
relativas a las instalaciones/servicios, como a las relaciones entre usuarios, entre estos y el personal
del centro.
Las propias de dirección.
2. Comisión de Valoración y Seguimiento, que estará formada por:
- Representante legal del Ayuntamiento de La Codosera o persona en quien delegue.
- Un funcionario del Ayuntamiento.
- La Trabajador/a Social del S.S.B.
- Un representante del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la
Dependencia (SEPAD) de la Consejería de Sanidad y Política Social de la Junta de Extremadura.
- El Director del centro de día o responsable nombrado por la empresa o entidad concesionaria.
- Un Técnico asesor del Ayuntamiento de La Codosera.

En caso de llevarse a cabo reuniones para tratar temas extraordinarios de la Comisión de Valoración y Seguimiento, se
requerirá de la presencia y participación, con voz y voto, del Alcalde-Presidente de la Corporación o un concejal en quien
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 9 de 16