Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Codosera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00189/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del centro de día
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Ayuntamiento de La Codosera

Anuncio 189/2023

Para las plazas acreditadas/privadas:
1.º.- Por orden de registro de entrada de la solicitud de ingreso en el Ayuntamiento de La Codosera, teniendo
prioridad las de mayor antigüedad.
Cuando se produzca una plaza vacante y siempre que el solicitante, incluido en lista de espera, se encuentre
en las mismas condiciones físicas y/o psíquicas que dieron lugar a esa posición, pasará a ocupar la plaza
vacante, según riguroso orden de inclusión en la misma.
Se notificará a los interesados la adjudicación de plazas.
Artículo 9. Contrato de ingreso.
El nuevo beneficiario formalizará un contrato de ingreso en el que figurará la aceptación expresa de las normas reguladoras
de la organización y funcionamiento del centro de día, de sus derechos y obligaciones y las condiciones económicas
derivadas de su condición de usuario.
Si el interesado no supiese firmar, colocará la huella dactilar en el lugar reservado para su firma, debiendo esta estar
diligenciada por la Trabajadora Social del S.S.B. de La Codosera.
Artículo 10. La admisión.
La admisión al centro de día, vendrá condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Que el ingreso en el centro de día, se efectúe en el plazo máximo de los siete días siguientes a la recepción
de la notificación de la plaza adjudicada. Concluido este plazo sin producirse la incorporación, se entenderá
por decaído en los derechos de admisión e ingreso.
Cuando por causas de fuerza mayor, debidamente acreditadas a juicio de la Comisión de Participación, no
pueda ser ocupada la plaza dentro del plazo establecido en el apartado anterior, el solicitante, antes de la
expiración de aquel, podrá solicitar el aplazamiento del ingreso a los S.S.B. del Ayuntamiento de La Codosera,
por un máximo de quince días contado desde la notificación de la plaza.
Todos los admitidos en el centro de día, deberán someterse a los reconocimientos médicos que el Equipo
Técnico de dicho centro considere.
b) Que se efectúe el compromiso formal a que se refiere el artículo 16 del decreto 88/96, de 4 de junio
(contrato de ingreso).
c) Al abono del precio público correspondiente.
Artículo 11. Periodo de adaptación.
a) Se considera período de adaptación del interesado al centro de día, el constituido por los 30 días naturales
siguientes a la ocupación de la plaza. Transcurrido este período, el interesado consolidará su derecho a la
plaza adjudicada.
b) Durante este período, el personal del centro de día, adoptará las medidas necesarias para facilitar el
proceso de adaptación.
c) Si durante dicho período, se apreciasen comportamientos inadecuados y/o falta de habilidades por parte
del interesado, que dificultaran la convivencia, o que el mismo requiera asistencia sanitaria con medios
especializados, precisando un elevado nivel de cuidados fuera del alcance y posibilidades exigidas por los
órganos competentes a este centro de día, para atender adecuadamente al perfil que presente, se emitirán
informes pertinentes y se elevará la propuesta al comité de participación, que resolverá lo que proceda.
Artículo 12. Periodo de prueba.
Pueden disfrutar de este periodo de prueba, aquellas personas que cumpliendo los requisitos generales como posibles
beneficiarios, se encuentren indecisas ante formular solicitud de plaza para el centro de día de La Codosera. Para ello,
deberán presentar previamente el Informe Médico.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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