Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Codosera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00189/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del centro de día
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Ayuntamiento de La Codosera

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De la prescripción de las sanciones.
Artículo 41.
Artículo 42.
Artículo 43.
Artículo 44.
Disposición final.
__________
TÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Finalidad.
La finalidad del presente Reglamento de régimen interior es recoger con claridad y precisión el conjunto de normas que
regulará el funcionamiento del centro, para su conocimiento y aplicación, a fin de garantizar una correcta prestación del
servicio.
Artículo 2. Base legal.
La Ley 2/94, de 28 de abril, de Asistencia Social Geriátrica tiene por objeto la regulación de los derechos y sistemas de
protección de la población anciana en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de las condiciones básicas a que deben
someterse centros y establecimientos residenciales para mayores, situados en el territorio de la Comunidad Autónoma y,
por último, las normas de organización de los mismos.
El artículo 19.1 de la Ley anteriormente mencionada, establece que los establecimientos para personas mayores situados en
la Comunidad Autónoma de Extremadura, deberán disponer de un Reglamento de régimen interior en el que se regulará su
organización y funcionamiento interno, normas de convivencia, derechos y deberes de los residentes, dentro del marco de
libertad y confidencialidad garantizado por la constitución.
El centro de día de La Codosera se ajusta a lo establecido en el Decreto 298/2015, de 20 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de autorización, acreditación y registro de centros de atención a personas mayores de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Atendiendo a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en
situación de dependencia, en su artículo 1.2, dice que el sistema para la autonomía y atención a la dependencia, responderá
a una acción coordinada y cooperativa de la Administración General del Estado y las comunidades autónomas, que
contemplará medidas en todas las áreas que afectan a las personas en situación de dependencia, con la participación, en su
caso, de las entidades locales.
El Ayuntamiento de La Codosera, establece el servicio público del centro de día, siendo un centro, para personas mayores
con autonomía y/o con limitaciones en la realización de actividades básicas de la vida diaria, bajo la titularidad del propio
Ayuntamiento, y con la gestión directa o indirecta que se establezca.
Se destina a prestar servicios obligatorios de alimentación, estimulación cognitiva y física, y aseo personal, pudiéndose
prestar otros servicios opcionales como: Peluquería, lavandería, podología, transporte y otros, tendentes a cubrir las
necesidades básicas de las personas usuarias.
Al Ayuntamiento, como titular del centro de día, le corresponde velar por el buen cumplimiento de las normas establecidas
en este Reglamento, así como en general, supervisar todos los servicios del centro, y en su caso, tomar las medidas
necesarias para asegurar el buen funcionamiento del mismo.
TÍTULO II.- DE LA CONDICIÓN DE USUARIOS
Artículo 3. El perfil de acceso.
El perfil de acceso a este centro de día se regula atendiendo a lo establecido en el decreto 88/96, de 4 de junio, por el que se
regula el régimen de acceso a los centros residenciales de la Consejería de Bienestar Social para personas mayores y la Ley
39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de
dependencia.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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