Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Codosera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00189/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del centro de día
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de La Codosera
Anuncio 189/2023
Información a usuarios y/o familiares sobre las comidas que se suministran en el centro.
b. Servicio de higiene (solo para usuarios dependientes).
Aseo e higiene personal.
Continencia urinaria y fecal.
c. Servicio de supervisión y promoción de la salud.
Recogida de información relacionada con la salud al ingreso del usuario.
Control diario del estado físico del usuario.
Control de posibles complicaciones.
Planificación de cuidados básicos.
d. Servicio de información.
Servicio de información, valoración y orientación de las necesidades del usuario y/o sus cuidadores
principales.
Recogida y traslado de información a la familia.
e. Terapia ocupacional.
En dicha terapia incluirán actividades terapéuticas, recreativas y sociales.
Todas ellas deberán ser programadas y diseñadas por el equipo técnico del centro de día.
Artículo 29. No está incluido en el precio de la estancia:
El material de uso personal: Cremas, pasta de dientes y cepillo, peine o cepillo del pelo, colonias, gel de baño,
champús, suavizantes, pañuelos de papel, etc.
Los costes de las excursiones programadas por el centro si las hubiera.
Otros servicios prestados por profesionales ajenos al centro (odontólogos, peluqueros, podólogos, lavandería,
cafetería, etc...).
Gastos farmacéuticos.
Otros gastos.
Artículo 30. De los servicios que se prestan.
1. Servicio de comedor:
1. El menú es único para todos, con las adaptaciones precisas, según el tipo de dieta prescrita
por su médico.
2. El menú previsto estará a disposición de los familiares de los usuarios y expuesto en el
tablón de anuncio del centro de día.
3. Los menús que se sirvan, serán visados por el facultativo que corresponda.
4. En el centro se prestará servicio de desayuno, comida, merienda y cena.
5. Horario aproximado:
Desayuno de 9:30 a 10:30 horas.
Comida de 13:30 a 14:30 horas.
Merienda de 16:00 a 17:00 horas.
Cena: Se le entregará al usuario en recipiente adecuado para consumo en
domicilio.
6. No está permitido sacar comidas fuera del recinto del comedor (excepto cena), ni introducir
alimentos que no sean del centro, ni sacar útiles tales como servilletas, cubiertos, etc.
7. Los horarios establecidos deberán ser cumplidos con la mayor rigurosidad, con el fin de no
entorpecer el buen funcionamiento del centro.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Información a usuarios y/o familiares sobre las comidas que se suministran en el centro.
b. Servicio de higiene (solo para usuarios dependientes).
Aseo e higiene personal.
Continencia urinaria y fecal.
c. Servicio de supervisión y promoción de la salud.
Recogida de información relacionada con la salud al ingreso del usuario.
Control diario del estado físico del usuario.
Control de posibles complicaciones.
Planificación de cuidados básicos.
d. Servicio de información.
Servicio de información, valoración y orientación de las necesidades del usuario y/o sus cuidadores
principales.
Recogida y traslado de información a la familia.
e. Terapia ocupacional.
En dicha terapia incluirán actividades terapéuticas, recreativas y sociales.
Todas ellas deberán ser programadas y diseñadas por el equipo técnico del centro de día.
Artículo 29. No está incluido en el precio de la estancia:
El material de uso personal: Cremas, pasta de dientes y cepillo, peine o cepillo del pelo, colonias, gel de baño,
champús, suavizantes, pañuelos de papel, etc.
Los costes de las excursiones programadas por el centro si las hubiera.
Otros servicios prestados por profesionales ajenos al centro (odontólogos, peluqueros, podólogos, lavandería,
cafetería, etc...).
Gastos farmacéuticos.
Otros gastos.
Artículo 30. De los servicios que se prestan.
1. Servicio de comedor:
1. El menú es único para todos, con las adaptaciones precisas, según el tipo de dieta prescrita
por su médico.
2. El menú previsto estará a disposición de los familiares de los usuarios y expuesto en el
tablón de anuncio del centro de día.
3. Los menús que se sirvan, serán visados por el facultativo que corresponda.
4. En el centro se prestará servicio de desayuno, comida, merienda y cena.
5. Horario aproximado:
Desayuno de 9:30 a 10:30 horas.
Comida de 13:30 a 14:30 horas.
Merienda de 16:00 a 17:00 horas.
Cena: Se le entregará al usuario en recipiente adecuado para consumo en
domicilio.
6. No está permitido sacar comidas fuera del recinto del comedor (excepto cena), ni introducir
alimentos que no sean del centro, ni sacar útiles tales como servilletas, cubiertos, etc.
7. Los horarios establecidos deberán ser cumplidos con la mayor rigurosidad, con el fin de no
entorpecer el buen funcionamiento del centro.
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