Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). (00136/2023)
Bases que han de regir la convocatoria para cubrir una plaza de Educador Social, mediante contratación laboral indefinida, jornada completa, por el sistema de concurso-oposición, con destino al servicio que desarrolla el Programa de Atención a Familias
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Mancomunidad Integral de Municipios Centro
Anuncio 136/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad Integral de Municipios Centro
Calamonte (Badajoz)
Anuncio 136/2023
Bases que han de regir la convocatoria para cubrir una plaza de Educador Social, mediante contratación laboral indefinida,
jornada completa, por el sistema de concurso-oposición, con destino al servicio que desarrolla el Programa de Atención a
Familias
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA DE EDUCADOR SOCIAL, MEDIANTE
CONTRATACIÓN LABORAL INDEFINIDA, A JORNADA COMPLETA, POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, CON DESTINO
AL SERVICIO QUE DESARROLLA EL PROGRAMA DE ATENCIÓN A FAMILIAS DE LA MANCOMUNIDAD, SUBVENCIONADO POR LA
JUNTA DE EXTREMADURA
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la cobertura de una plaza de un educador social (a fin de completar el equipo
multidisciplinar existente), por el sistema de concurso-oposición, con destino al servicio que desarrolla el programa de
atención a familias de la Mancomunidad, subvencionado por la Junta de Extremadura, regulado en el decreto 74/2022, de 15
de junio, por el que se regulan los programas de atención a familias en Extremadura.
Segunda.- Normativa de aplicación.
El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes bases, a lo regulado en las siguientes
normas jurídicas:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores.
Tercera.- Requisitos de deben reunir los aspirantes.
Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que
concluya el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.
b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las
correspondientes funciones o tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Cumplir los requisitos para ejercer las funciones que puedan serle encomendadas conforme a lo previsto
reglamentariamente.
e) Estar en posesión del grado universitario en educación social, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en
que finalice el plazo de presentación de instancias. La equivalencia deberá ser aportada por el aspirante
mediante certificación expedida al efecto por la administración competente.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Mancomunidad Integral de Municipios Centro
Calamonte (Badajoz)
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Bases que han de regir la convocatoria para cubrir una plaza de Educador Social, mediante contratación laboral indefinida,
jornada completa, por el sistema de concurso-oposición, con destino al servicio que desarrolla el Programa de Atención a
Familias
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA DE EDUCADOR SOCIAL, MEDIANTE
CONTRATACIÓN LABORAL INDEFINIDA, A JORNADA COMPLETA, POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, CON DESTINO
AL SERVICIO QUE DESARROLLA EL PROGRAMA DE ATENCIÓN A FAMILIAS DE LA MANCOMUNIDAD, SUBVENCIONADO POR LA
JUNTA DE EXTREMADURA
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la cobertura de una plaza de un educador social (a fin de completar el equipo
multidisciplinar existente), por el sistema de concurso-oposición, con destino al servicio que desarrolla el programa de
atención a familias de la Mancomunidad, subvencionado por la Junta de Extremadura, regulado en el decreto 74/2022, de 15
de junio, por el que se regulan los programas de atención a familias en Extremadura.
Segunda.- Normativa de aplicación.
El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes bases, a lo regulado en las siguientes
normas jurídicas:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores.
Tercera.- Requisitos de deben reunir los aspirantes.
Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que
concluya el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.
b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las
correspondientes funciones o tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Cumplir los requisitos para ejercer las funciones que puedan serle encomendadas conforme a lo previsto
reglamentariamente.
e) Estar en posesión del grado universitario en educación social, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en
que finalice el plazo de presentación de instancias. La equivalencia deberá ser aportada por el aspirante
mediante certificación expedida al efecto por la administración competente.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
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