Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00119/2023)
Bases que han de regir la convocatoria de una plaza de Técnico/a Medio de Relaciones Laborales por el sistema de concurso-oposición, vacante en la plantilla de funcionarios/as del Ayuntamiento de Zafra
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Ayuntamiento de Zafra

Anuncio 119/2023

solicitar en su instancia las adaptaciones y ajustes razonables y justificados necesarios
de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las
necesidades específicas y justificadas que tiene para acceder al proceso de selección en
igualdad de condiciones. A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las
adaptaciones solicitadas, se recabará del candidato/a el correspondiente certificado o
información adicional. La adaptación no se otorgará de forma automática, sino
únicamente en aquellos casos en que la discapacidad guarde relación directa con la
prueba a realizar.
Solo será aceptada la documentación acreditativa de los méritos correspondientes a la
fase de concurso con fecha anterior a la de la fecha de la última solicitud presentada
para poder participar en este proceso selectivo previa a la fase de oposición. La
referenciada documentación podrá ser aportada por el/la interesado/a una vez
finalizada la fase de oposición, en el plazo de 5 días hábiles tras la publicación de los
resultados de las pruebas de la fase de oposición, pudiendo ser siempre presentada con
carácter previo.
b) Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier
momento, de oficio o a instancia del interesado.
3.2.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en
el registro general de este Excmo. Ayuntamiento conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quienes no presenten su solicitud directamente en el registro general de entrada del Ayuntamiento de Zafra,
y lo hagan en cualquiera de las formas y lugares indicados en citado el artículo 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, asimismo deberán
remitir a la Secretaría General del Ayuntamiento de Zafra copia de la solicitud vía correo electrónico:
registroentrada@zafra.es (correo electrónico de la Secretaría General del Ayuntamiento de Zafra).
3.3.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar del
siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado
(BOE), una vez que se hayan publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de
Badajoz.
3.4.- Los y las aspirantes quedan vinculados/as a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes,
pudiendo demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante
escrito motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.5.- Tasas. Los derechos de examen serán de 36.56 euros, que se abonarán siguiendo el procedimiento
establecido en el punto 4, indicando en el concepto "pruebas selectivas concurso plazas de personal laboral
grupo A subgrupo A1 o A2". De acuerdo con lo establecido en la Ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Zafra
reguladora de la tasa por derecho de examen en convocatorias para acceder a la función pública, estará
bonificada la cuota de la tasa:
a) Que la unidad familiar a la que pertenece disponga de unos ingresos anuales, por todos los
conceptos, inferiores al importe del salario mínimo interprofesional, descuento del 100%.
b) Por desempleo, descuento del 50%, en el pago de la tasa los sujetos pasivos que figuren
como demandantes de empleo, para la aplicación de la mencionada bonificación el sujeto
pasivo deberá acreditar las circunstancias descritas anteriormente mediante el
correspondiente certificado emitido por el Sexpe.
c) Por minusvalía igual o superior al 33%, descuento del 25% que se acreditarán con el
certificado expedido por el CADEX.
d) Las bonificaciones de los apartados b) y c) no serán acumulables.
No se admitirá ningún otro certificado, informe o documento distinto de los mencionados al objeto de
acreditar la condición de demandante de empleo a fecha de presentación de la solicitud. En ningún caso la
presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud. 3/9.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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