Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00118/2023)
Bases y convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso-oposición para cubrir una plaza de Gestor/a Cultural vacante en el Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes
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Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes
Anuncio 118/2023
Quienes formen parte del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de poseer una titulación igual o superior a la requerida
para el acceso a la plaza convocada. A sus deliberaciones pueden asistir como observador/a una persona representante por
cada organización sindical con representación en el Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes.
Las y los miembros en que concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusadas
por las personas aspirantes admitidas. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros
titulares o, en su caso, suplentes.
En ausencia de la Presidencia, le sustituirá la Vocalía presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por ese orden.
Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole, así lo aconsejase, el Tribunal, por medio de su
Presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal, de otro personal de Diputación o de otras
administraciones públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, en el desarrollo de
los procesos de selección y bajo la dirección del Tribunal.
Séptima. Sistema selectivo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 61.7 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y artículo 2.1 de la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el sistema selectivo para la provisión de las plazas será el de concurso-oposición.
1. Desarrollo.
Publicada la resolución definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, en la misma se recogerá el lugar, fecha
y hora de realización de la prueba de la fase de oposición.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la sede electrónica
https://fuenlabradadelosmontes.sedelectronica.es. A efectos de cómputo de plazos, regirá la fecha de
publicación del correspondiente anuncio en la en la sede electrónica
https://fuenlabradadelosmontes.sedelectronica.es del Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes.
2. Fase de oposición.
El ejercicio de la fase de oposición será eliminatorio, siendo la puntación total de esta fase de hasta seis
puntos.
El número de aprobados en esta fase será el de las personas que hayan superado la misma obteniendo al
menos tres puntos, aun cuando esta cifra exceda del número total de plazas a cubrir.
La fase de oposición será previa a la del concurso. Consistirá en la realización de una prueba de aptitud
eliminatoria y obligatoria para los aspirantes.
Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Las personas candidatas deberán acudir provistas del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes.
La prueba de la oposición consistirá en la contestación a un cuestionario de sesenta (60) preguntas tipo test
con tres posibles opciones de respuesta, siendo el valor de cada respuesta correcta de 0,1 puntos,
estableciéndose un tiempo de 80 minutos para su realización. El cuestionario versará sobre el temario
establecido en el anexo II de las presentes bases. Además, se contestarán las cinco (5) preguntas de reserva
del cuestionario, que únicamente serán valoradas en el caso de que el Tribunal de selección anule alguna de
las sesenta (60) establecidas y siguiendo el orden establecido en el cuestionario. Se calificará de cero (0) a seis
(6) puntos; debiendo alcanzar una puntuación mínima de tres (3) puntos, siendo declarados "no aptos"
quienes no alcancen dicha puntuación mínima, que quedarán apartados del proceso selectivo.
3. Baremación del concurso de méritos.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación:
3.1. En relación a la experiencia profesional.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Quienes formen parte del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de poseer una titulación igual o superior a la requerida
para el acceso a la plaza convocada. A sus deliberaciones pueden asistir como observador/a una persona representante por
cada organización sindical con representación en el Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes.
Las y los miembros en que concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusadas
por las personas aspirantes admitidas. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros
titulares o, en su caso, suplentes.
En ausencia de la Presidencia, le sustituirá la Vocalía presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por ese orden.
Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole, así lo aconsejase, el Tribunal, por medio de su
Presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal, de otro personal de Diputación o de otras
administraciones públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, en el desarrollo de
los procesos de selección y bajo la dirección del Tribunal.
Séptima. Sistema selectivo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 61.7 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y artículo 2.1 de la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el sistema selectivo para la provisión de las plazas será el de concurso-oposición.
1. Desarrollo.
Publicada la resolución definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, en la misma se recogerá el lugar, fecha
y hora de realización de la prueba de la fase de oposición.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la sede electrónica
https://fuenlabradadelosmontes.sedelectronica.es. A efectos de cómputo de plazos, regirá la fecha de
publicación del correspondiente anuncio en la en la sede electrónica
https://fuenlabradadelosmontes.sedelectronica.es del Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes.
2. Fase de oposición.
El ejercicio de la fase de oposición será eliminatorio, siendo la puntación total de esta fase de hasta seis
puntos.
El número de aprobados en esta fase será el de las personas que hayan superado la misma obteniendo al
menos tres puntos, aun cuando esta cifra exceda del número total de plazas a cubrir.
La fase de oposición será previa a la del concurso. Consistirá en la realización de una prueba de aptitud
eliminatoria y obligatoria para los aspirantes.
Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Las personas candidatas deberán acudir provistas del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes.
La prueba de la oposición consistirá en la contestación a un cuestionario de sesenta (60) preguntas tipo test
con tres posibles opciones de respuesta, siendo el valor de cada respuesta correcta de 0,1 puntos,
estableciéndose un tiempo de 80 minutos para su realización. El cuestionario versará sobre el temario
establecido en el anexo II de las presentes bases. Además, se contestarán las cinco (5) preguntas de reserva
del cuestionario, que únicamente serán valoradas en el caso de que el Tribunal de selección anule alguna de
las sesenta (60) establecidas y siguiendo el orden establecido en el cuestionario. Se calificará de cero (0) a seis
(6) puntos; debiendo alcanzar una puntuación mínima de tres (3) puntos, siendo declarados "no aptos"
quienes no alcancen dicha puntuación mínima, que quedarán apartados del proceso selectivo.
3. Baremación del concurso de méritos.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación:
3.1. En relación a la experiencia profesional.
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