Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Quintana de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00088/2023)
Plan de medidas antifraude
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Ayuntamiento de Quintana de la Serena

Anuncio 88/2023

el desempeño de sus deberes y responsabilidades oficiales. En el caso de un beneficiario implicaría un
conflicto entre las obligaciones contraídas al solicitar la ayuda de los fondos y sus intereses privados que
pueden influir de manera indebida en el desempeño de las citadas obligaciones.
Posibles actores implicados en el conflicto de intereses:
— Los empleados públicos que realizan tareas de gestión, control y pago y otros agentes en los
que se han delegado alguna/s de esta/s función/es.
— Aquellos beneficiarios privados, socios, contratistas y subcontratistas, cuyas actuaciones
sean financiadas con fondos, que puedan actuar en favor de sus propios intereses, pero en
contra de los intereses financieros de la UE, en el marco de un conflicto de intereses.

4. Comité Antifraude.
Composición.
Para asegurar una correcta aplicación de las medidas Antifraude en este Ayuntamiento, se ha designado un Comité
Antifraude, integrado por personal propio con especial capacitación perteneciente a los siguientes servicios y/o
dependencias municipales:

Nombre y apellidos

NIF

Cargo

Adscripción

José Francisco Valle Santos

08797522E Presidente

Secretaría-Intervención

Crisanta Tena Risquez

09161262V Presidente suplente

Administración Gral

Zoilo Balsera Gómez
Inés María Murillo Sánchez

79264790M Secretario
79308430Z Vocal

Técnico de intervención
Arquitecta Técnica

La designación de estas personas se realizó mediante resolución de Alcaldía-Presidencia en fecha 28 de octubre de 2022.
Funciones del Comité
Al Comité Antifraude se le asignan las siguientes funciones:
1. Evaluación periódica del riesgo de fraude, asegurándose de que exista un control interno eficaz que
permita prevenir y detectar los posibles fraudes.
2. Definir la Política Antifraude y el diseño de medidas necesarias que permitan prevenir, detectar, corregir y
perseguir los intentos de fraude.
3. Concienciar y formar al resto de personal municipal.
4. Abrir un expediente informativo ante cualquier sospecha de fraude, solicitando cuanta información se
entienda pertinente a las unidades involucradas en la misma, para su oportuno análisis.
5. Resolver los expedientes informativos incoados, ordenando su posible archivo, en el caso de que las
sospechas resulten infundadas, o la adopción de medidas correctoras oportunas si llegase a la conclusión de
que el fraude realmente se ha producido.
6. Informar a la Alcaldía-Presidencia y Secretaría General de la Corporación de las conclusiones alcanzadas en
los expedientes incoados y, en su caso, de las medidas correctoras aplicadas.
7. Suministrar la información necesaria a las entidades u organismos encargados de velar por la recuperación
de los importes indebidamente recibidos por parte de los beneficiarios, o incoar las consiguientes sanciones
en materia administrativa y/o penal.
8. Llevar un registro de los muestreos realizados, de las incidencias detectadas y de los expedientes
informativos incoados y resueltos.
9. Elaborar una Memoria Anual comprensiva de las actividades realizadas por el Comité Antifraude en el
ámbito de su competencia.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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