Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Azuaga. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00019/2023)
Bases que han de regir el procedimiento selectivo para la contratación en régimen laboral temporal de un/a Gerente para la Dinamización Comercial en Azuaga
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Azuaga
Anuncio 19/2023
email a la dirección secretaria@azuaga.badajoz.es acompañando copia de la solicitud, así como de la documentación
exigida.
Las instancias presentadas en las oficinas de Correos se presentarán en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por
Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las
instancias han tenido entrada en la fecha en la que fueron entregadas en Correos.
4.3.- Expirado el plazo de presentación de instancias no será posible entregar documentación adicional alguna, salvo aquella
necesaria para la subsanación de posibles errores materiales.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes, transcurrido el
cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.4.- Dado que la persona que resulte seleccionada debe incorporarse el próximo 1 de febrero, el plazo de presentación de
instancias será de diez días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de estas bases en el BOP de
Badajoz, sin perjuicio de su publicación en la sede electrónica y tablón de anuncios.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de instancias la señora Alcaldesa del Ayuntamiento de Azuaga dictará resolución dentro
del plazo máximo de tres días hábiles siguientes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos, así como la de
excluidos motivadamente.
Dicha resolución se publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Azuaga. Los aspirantes
excluidos, así como los omitidos en la relación de admitidos y excluidos, dispondrán de un plazo de tres días hábiles
siguientes al de la publicación de la resolución de la lista provisional de admitidos y excluidos, para subsanar los defectos
que hayan motivado su exclusión u omisión.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos, entendiéndose como desistimiento.
Cumplido el plazo de subsanación de errores, se publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Azuaga, resolución de Alcaldía aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, incluyendo
como admitidos a aquellos que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones. Junto con la resolución que
apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el lugar, fecha, y hora de constitución del Tribunal para la valoración
de los méritos aducidos por los aspirantes, así como de realización de la fase de defensa del proyecto. Dicha resolución se
publicará en la sede electrónica y en tablón de anuncios del Ayuntamiento con una antelación de, al menos, dos días
naturales a dicho comienzo.
Sexta.- Proceso selectivo.
El procedimiento constará de dos fases:
I) Concurso de méritos.
Esta fase será previa a la defensa del proyecto y no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar la
citada defensa del proyecto.
El Tribunal examinará los méritos aducidos y debidamente justificados por los aspirantes a la fecha de finalización de
presentación de solicitudes y los calificará con arreglo al siguiente baremo:
1.- Experiencia profesional: (Máximo 3 puntos).
1.1.- Por cada mes completo de experiencia como Dinamizador Comercial: 0,10 puntos por mes a jornada
completa.
2.- Formación y especialización profesional: (Máximo 1 punto).
Por formación específica directamente relacionada con la Dinamización Comercial (Cursos, Seminarios,…), reconocidos por
la Administración.
a) De 20 a 50 horas: 0,25 puntos.
b) De 51 a 100 horas: 0,50 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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exigida.
Las instancias presentadas en las oficinas de Correos se presentarán en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por
Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las
instancias han tenido entrada en la fecha en la que fueron entregadas en Correos.
4.3.- Expirado el plazo de presentación de instancias no será posible entregar documentación adicional alguna, salvo aquella
necesaria para la subsanación de posibles errores materiales.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes, transcurrido el
cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.4.- Dado que la persona que resulte seleccionada debe incorporarse el próximo 1 de febrero, el plazo de presentación de
instancias será de diez días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de estas bases en el BOP de
Badajoz, sin perjuicio de su publicación en la sede electrónica y tablón de anuncios.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de instancias la señora Alcaldesa del Ayuntamiento de Azuaga dictará resolución dentro
del plazo máximo de tres días hábiles siguientes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos, así como la de
excluidos motivadamente.
Dicha resolución se publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Azuaga. Los aspirantes
excluidos, así como los omitidos en la relación de admitidos y excluidos, dispondrán de un plazo de tres días hábiles
siguientes al de la publicación de la resolución de la lista provisional de admitidos y excluidos, para subsanar los defectos
que hayan motivado su exclusión u omisión.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos, entendiéndose como desistimiento.
Cumplido el plazo de subsanación de errores, se publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Azuaga, resolución de Alcaldía aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, incluyendo
como admitidos a aquellos que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones. Junto con la resolución que
apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el lugar, fecha, y hora de constitución del Tribunal para la valoración
de los méritos aducidos por los aspirantes, así como de realización de la fase de defensa del proyecto. Dicha resolución se
publicará en la sede electrónica y en tablón de anuncios del Ayuntamiento con una antelación de, al menos, dos días
naturales a dicho comienzo.
Sexta.- Proceso selectivo.
El procedimiento constará de dos fases:
I) Concurso de méritos.
Esta fase será previa a la defensa del proyecto y no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar la
citada defensa del proyecto.
El Tribunal examinará los méritos aducidos y debidamente justificados por los aspirantes a la fecha de finalización de
presentación de solicitudes y los calificará con arreglo al siguiente baremo:
1.- Experiencia profesional: (Máximo 3 puntos).
1.1.- Por cada mes completo de experiencia como Dinamizador Comercial: 0,10 puntos por mes a jornada
completa.
2.- Formación y especialización profesional: (Máximo 1 punto).
Por formación específica directamente relacionada con la Dinamización Comercial (Cursos, Seminarios,…), reconocidos por
la Administración.
a) De 20 a 50 horas: 0,25 puntos.
b) De 51 a 100 horas: 0,50 puntos.
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