Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (06473/2022)
Extracto de las bases y convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la iniciativa empresarial por parte de personas jóvenes con titulación universitaria, formación profesional de grado superior o certificado de profesionalidad nivel 3, año 2023
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Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad
Anuncio 6473/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad
Badajoz
Anuncio 6473/2022
Extracto de las bases y convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la iniciativa empresarial por parte de personas
jóvenes con titulación universitaria, formación profesional de grado superior o certificado de profesionalidad nivel 3, año
2023
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LAS BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
DESTINADAS A FOMENTAR LA INICIATIVA EMPRESARIAL POR PARTE DE PERSONAS JÓVENES CON TITULACIÓN
UNIVERSITARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR O CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD NIVEL 3, DURANTE
EL AÑO 2023
BDNS (Identif.): 667871
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/667871)
Primero.- Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas que emprendan o hayan emprendido nuevas
iniciativas empresariales, a ubicar o ubicadas en la provincia de Badajoz, y que cumplan los siguientes requisitos:
• Personas físicas:
Haber iniciado una actividad económica con su correspondiente alta en el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos o en aquel que legal o estatutariamente le corresponda, con fecha de alta a partir del 1 de octubre de
2022 y anterior a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
No haber ejercido una actividad económica como persona trabajadora autónoma en los tres meses anteriores al alta
a la que se refiere el punto anterior.
No haber obtenido en el pasado otras subvenciones de Diputación para la misma finalidad.
Tener menos de 35 años, en la fecha de presentación de su solicitud.
Estar en posesión de una titulación universitaria, de formación profesional de grado superior o de un certificado de
profesionalidad de nivel 3, en la fecha de presentación de su solicitud.
Estar empadronada/o en algún municipio de esta provincia, con una antigüedad de al menos 3 meses anteriores a la
fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Tener domiciliada la actividad y el centro operativo en la provincia de Badajoz.
• Personas jurídicas (sociedades de capital o sociedades cooperativas).
Que el 75 % del capital esté a nombre de personas físicas que cumplan los criterios 2 a 5 del punto a) anterior o en
las que sean titulares éstos como mínimo del 51% del capital y representen no menos del 67 % del número de socios.
Que se hayan inscrito en el correspondiente registro mercantil o de sociedades cooperativas a partir del 1 de octubre
de 2022 y antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
Que tengan establecido su domicilio social y el de la actividad en un municipio de la provincia de Badajoz.
Que ninguno de los socios haya obtenido en el pasado otras subvenciones de Diputación para establecerse como
autónomos.
En ambos casos serán también requisitos para obtener la condición de beneficiaria/os la/os siguientes:
a. No estar incursa/o en la prohibición para obtener la condición de beneficiaria/o a que se refiere el artículo
13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b. No ser beneficiaria/o de ninguna otra subvención concedida por esta Diputación para la misma actividad.
No podrán solicitar estas subvenciones las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o
cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, carentes de personalidad jurídica propia, ni aquellas
personas dadas de alta en el RETA como familiar colaborador/a de un empresario/a autónomo/a.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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jóvenes con titulación universitaria, formación profesional de grado superior o certificado de profesionalidad nivel 3, año
2023
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LAS BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
DESTINADAS A FOMENTAR LA INICIATIVA EMPRESARIAL POR PARTE DE PERSONAS JÓVENES CON TITULACIÓN
UNIVERSITARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR O CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD NIVEL 3, DURANTE
EL AÑO 2023
BDNS (Identif.): 667871
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/667871)
Primero.- Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas que emprendan o hayan emprendido nuevas
iniciativas empresariales, a ubicar o ubicadas en la provincia de Badajoz, y que cumplan los siguientes requisitos:
• Personas físicas:
Haber iniciado una actividad económica con su correspondiente alta en el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos o en aquel que legal o estatutariamente le corresponda, con fecha de alta a partir del 1 de octubre de
2022 y anterior a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
No haber ejercido una actividad económica como persona trabajadora autónoma en los tres meses anteriores al alta
a la que se refiere el punto anterior.
No haber obtenido en el pasado otras subvenciones de Diputación para la misma finalidad.
Tener menos de 35 años, en la fecha de presentación de su solicitud.
Estar en posesión de una titulación universitaria, de formación profesional de grado superior o de un certificado de
profesionalidad de nivel 3, en la fecha de presentación de su solicitud.
Estar empadronada/o en algún municipio de esta provincia, con una antigüedad de al menos 3 meses anteriores a la
fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Tener domiciliada la actividad y el centro operativo en la provincia de Badajoz.
• Personas jurídicas (sociedades de capital o sociedades cooperativas).
Que el 75 % del capital esté a nombre de personas físicas que cumplan los criterios 2 a 5 del punto a) anterior o en
las que sean titulares éstos como mínimo del 51% del capital y representen no menos del 67 % del número de socios.
Que se hayan inscrito en el correspondiente registro mercantil o de sociedades cooperativas a partir del 1 de octubre
de 2022 y antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
Que tengan establecido su domicilio social y el de la actividad en un municipio de la provincia de Badajoz.
Que ninguno de los socios haya obtenido en el pasado otras subvenciones de Diputación para establecerse como
autónomos.
En ambos casos serán también requisitos para obtener la condición de beneficiaria/os la/os siguientes:
a. No estar incursa/o en la prohibición para obtener la condición de beneficiaria/o a que se refiere el artículo
13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b. No ser beneficiaria/o de ninguna otra subvención concedida por esta Diputación para la misma actividad.
No podrán solicitar estas subvenciones las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o
cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, carentes de personalidad jurídica propia, ni aquellas
personas dadas de alta en el RETA como familiar colaborador/a de un empresario/a autónomo/a.
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