Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad, Juventud y Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (06304/2022)
Convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades que fomenten la igualdad de oportunidades, así como el respeto a la diversidad sexual
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Igualdad, Juventud y Residencia Universitaria "Hernán Cortés"
Anuncio 6304/2022
que contendrá:
Datos de la entidad que justifica.
Datos del proyecto/actividad subvencionada que se justifica.
Coste total de la actividad subvencionada, con indicación de con qué
fondos ha sido financiada esta.
Clasificación de los gastos por tipología y forma de pago de estos.
Relación clasificada, con número de orden, de todos los gastos de la
actividad subvencionada financiados con la subvención de Diputación,
incluyendo descripción del gasto, proveedor/acreedor, el número de
factura, la fecha de emisión, fecha de pago, importe de la factura, e
importe parcial o total imputado a la subvención de Diputación.
Relación clasificada, con número de orden, de todos los gastos de la
actividad subvencionada financiados con fondos propios de la entidad
solicitante u otras subvenciones o recursos, incluyendo descripción del
gasto, proveedor/acreedor, el número de factura, la fecha de emisión,
fecha de pago, importe de la factura, e importe parcial o total financiado
con fondos propios u otras subvenciones o recursos, así como la entidad
financiadora.
Los ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto o la
actividad con acreditación del importe y su procedencia.
Que se haga constar:
La procedencia, o no, de remanentes no aplicados, así como de los
intereses derivados de los mismos.
La exactitud y veracidad de los datos reseñados en ese documento, así
como que la actividad subvencionada ha sido realizada en su totalidad,
habiéndose cumplido las condiciones impuestas y conseguido los
objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención.
Que el importe de la subvención concedida, por sí sola o en concurrencia
con otras subvenciones concedidas por agentes financiadores, no excede
del importe total de la actividad o proyecto subvencionado.
Que los justificantes presentados, y relacionados, corresponden a gastos
efectuados como consecuencia directa de la actividad objeto de
subvención y estrictamente necesarios, que se corresponden fielmente
con documentos originales que se encuentran a disposición de la
Diputación, y que el importe imputado a esta subvención no ha servido
para justificar otras subvenciones distintas.
E.2.2.- Al anexo de cuenta justificativa se adjuntarán, de manera ordenada y
referidos con los números de orden que aparezcan relacionados en este:
Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los
requisitos necesarios que establece el Real Decreto 1619/2012 o la
legislación aplicable, demostrativos de los gastos realizados y financiados
con la aportación de Diputación. Dichas facturas/documentos serán
presentados en formato digital (escaneados o electrónicos), y no
requerirán compulsa ni estampillado.
La no presentación de facturas/documentos originales o compulsadas, no
exime en ningún caso al beneficiario, de su obligación de custodia y
puesta a disposición de las mismas si le son requeridas por la
administración. En cualquier caso, la remisión a través de la sede
electrónica por la persona representante de la entidad, donde quede
constancia de su firma, presupondrá la originalidad de los documentos
presentados.
En lo referente a gastos de personal, se justificarán mediante las nóminas
y seguros sociales correspondientes, y con arreglo a la legislación laboral
vigente.
Documentación que justifique el pago efectivo de los gastos, que se
realizará mediante cualquier documento con validez jurídica en el ámbito
mercantil, como copias de transferencias bancarias, o cheques con
extracto bancario justificativo de que los mismos han sido cobrados.
No se admitirán los pagos en metálico.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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que contendrá:
Datos de la entidad que justifica.
Datos del proyecto/actividad subvencionada que se justifica.
Coste total de la actividad subvencionada, con indicación de con qué
fondos ha sido financiada esta.
Clasificación de los gastos por tipología y forma de pago de estos.
Relación clasificada, con número de orden, de todos los gastos de la
actividad subvencionada financiados con la subvención de Diputación,
incluyendo descripción del gasto, proveedor/acreedor, el número de
factura, la fecha de emisión, fecha de pago, importe de la factura, e
importe parcial o total imputado a la subvención de Diputación.
Relación clasificada, con número de orden, de todos los gastos de la
actividad subvencionada financiados con fondos propios de la entidad
solicitante u otras subvenciones o recursos, incluyendo descripción del
gasto, proveedor/acreedor, el número de factura, la fecha de emisión,
fecha de pago, importe de la factura, e importe parcial o total financiado
con fondos propios u otras subvenciones o recursos, así como la entidad
financiadora.
Los ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto o la
actividad con acreditación del importe y su procedencia.
Que se haga constar:
La procedencia, o no, de remanentes no aplicados, así como de los
intereses derivados de los mismos.
La exactitud y veracidad de los datos reseñados en ese documento, así
como que la actividad subvencionada ha sido realizada en su totalidad,
habiéndose cumplido las condiciones impuestas y conseguido los
objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención.
Que el importe de la subvención concedida, por sí sola o en concurrencia
con otras subvenciones concedidas por agentes financiadores, no excede
del importe total de la actividad o proyecto subvencionado.
Que los justificantes presentados, y relacionados, corresponden a gastos
efectuados como consecuencia directa de la actividad objeto de
subvención y estrictamente necesarios, que se corresponden fielmente
con documentos originales que se encuentran a disposición de la
Diputación, y que el importe imputado a esta subvención no ha servido
para justificar otras subvenciones distintas.
E.2.2.- Al anexo de cuenta justificativa se adjuntarán, de manera ordenada y
referidos con los números de orden que aparezcan relacionados en este:
Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los
requisitos necesarios que establece el Real Decreto 1619/2012 o la
legislación aplicable, demostrativos de los gastos realizados y financiados
con la aportación de Diputación. Dichas facturas/documentos serán
presentados en formato digital (escaneados o electrónicos), y no
requerirán compulsa ni estampillado.
La no presentación de facturas/documentos originales o compulsadas, no
exime en ningún caso al beneficiario, de su obligación de custodia y
puesta a disposición de las mismas si le son requeridas por la
administración. En cualquier caso, la remisión a través de la sede
electrónica por la persona representante de la entidad, donde quede
constancia de su firma, presupondrá la originalidad de los documentos
presentados.
En lo referente a gastos de personal, se justificarán mediante las nóminas
y seguros sociales correspondientes, y con arreglo a la legislación laboral
vigente.
Documentación que justifique el pago efectivo de los gastos, que se
realizará mediante cualquier documento con validez jurídica en el ámbito
mercantil, como copias de transferencias bancarias, o cheques con
extracto bancario justificativo de que los mismos han sido cobrados.
No se admitirán los pagos en metálico.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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