Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06338/2022)
Convocatoria para la provisión de una plaza de Monitor de Música, como personal laboral fijo, mediante el sistema de concurso, incluida en la oferta de empleo público para la estabilización temporal
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Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez

Anuncio 6338/2022

C
Formación.
Los méritos por formación se acreditarán mediante entrega de los diplomas o certificados
correspondientes a los cursos alegados, que deberán expresar el contenido de la formación y el
número de horas de la misma.

Máximo 3 puntos

1
Por cursos de formación recibidos o impartidos, organizados por instituciones públicas en materias específicas
relacionadas con el puesto ofertado, se otorgarán 0.31 puntos por cada hora de formación, con un máximo de 3
puntos.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten la fecha de realización y las horas de
duración.
Novena.- Cumplimentar Anexo II.
Los interesados deberán rellenar y presentar el autobaremo del anexo II.
El autobaremo vinculará a las personas aspirantes en relación a la documentación aportada, siendo la puntuación definitiva,
en todo caso, la fijada por el Tribunal de selección.
Se adjuntará copia de todos los méritos alegados para el concurso:
Informe de vida laboral actualizado a fecha de la convocatoria, expedido por la Seguridad Social, acompañado de
documentos como contratos de trabajo, certificados de empresa, certificado de servicios prestados en la Administración
Publica que identifiquen datos imprescindibles para poder valorarlos, denominación de la plaza, grupo de clasificación,
periodo de contratación.
La titulación académica requerida para el acceso al cuerpo, escala o categoría correspondiente se acreditará mediante
entrega de copia del título académico oficial.
Diplomas o certificaciones de cursos de formación y actividades formativas. Los méritos por formación se acreditarán
mediante entrega de los diplomas o certificados correspondientes a los cursos alegados, que deberán expresar el contenido
de la formación y el número de horas de la misma.
Décima. - Calificación.
La fase de concurso el Tribunal de Selección hará pública la relación de aspirantes y con expresión de la puntuación
obtenida. Disponiendo los/as interesados/as de un plazo de 3 días hábiles para efectuar reclamaciones ante el mismo.
La puntuación final y el orden de aprobados vendrán determinados por la puntuación obtenida por cada uno/a de los/as
aspirantes en la fase de concurso.
En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mayor antigüedad en el puesto objeto de la convocatoria; si aún
persistiese, se resolverá por sorteo.
Decimoprimera.- Resolución de la convocatoria.
Finalizada todas las pruebas, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden de puntuación y remitirá
al órgano convocante, una propuesta para el nombramiento como laboral fijo en función de la plaza convocada, de quien
haya obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de laboral fijo de un número
superior de aspirantes al de las plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta
limitación. Se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica, https://puebladesanchoperez.sedelectronica.es/
Presentación de documentos: Los/as aspirantes propuestos/as para su nombramiento estarán obligados a presentar,
dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del resultado, en el tablón de
anuncios de la sede electrónica:
Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala,
subescala, clase y categoría de personal laboral en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de otros
Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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