Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06338/2022)
Convocatoria para la provisión de una plaza de Monitor de Música, como personal laboral fijo, mediante el sistema de concurso, incluida en la oferta de empleo público para la estabilización temporal
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Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez

Anuncio 6338/2022

Presentar la solicitud de forma extemporánea, ya sea antes o después del plazo correspondiente.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que
se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento. En la misma publicación se
hará constar la designación nominal del Tribunal.
Séptima. - Tribunal Calificador.
Estará integrado por cinco miembros (un Presidente, tres Vocales y un Secretario) designándose igual número de suplentes.
En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad y profesionalidad, y se tenderá a la
paridad entre hombres y mujeres observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40 % de representación de cada sexo.
Todos los miembros del tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser empleados públicos, no pudiendo el personal de
elección o de designación política y el personal eventual formar parte del Tribunal. Además, deberán poseer una titulación
igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada.
Podrán estar presentes, durante la totalidad del proceso selectivo, un observador por cada central ú organización sindical
con representatividad en el ámbito del Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez. No podrán participar como observadores
en las fases y actos del proceso selectivo en los que se delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas, antes de su
realización.
Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus componentes, titulares o suplentes.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo no previsto en las bases. Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos y en la forma establecida en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda, de las recogidas en el Anexo IV del Real Decreto
462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Octava.- Sistema de selección y Desarrollo del proceso. El sistema de selección será el de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en el proceso selectivo será de diez (10) puntos.
La fase de concurso se celebrará en el lugar, día y hora que establezca la resolución de Alcaldía por la que se aprueba la lista
definitiva de los candidatos.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
Concurso
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:

Mérito
A
Méritos profesionales.
Los méritos profesionales se acreditarán con Informe de Vida Laboral expedido por la Seguridad
Social, acompañado de documentos como contratos de trabajo, certificados de empresa,
certificado de los servicios prestados en la Administración Publica que identifiquen la categoría
profesional, denominación de la plaza, grupo de clasificación, periodo de contratación.

Puntuación
Máximo 7 puntos

1
Por cada mes de antigüedad en la Administración convocante ocupando el puesto objeto de la convocatoria hasta la
fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,045 puntos.
2
Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración Pública en el mismo cuerpo, escala, categoría o equivalente
del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se
otorgarán 0,012puntos.
Mérito

Puntuación
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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