Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06243/2022)
Bases de selección del proceso de estabilización de una plaza de Bibliotecario/a
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Guareña
Anuncio 6243/2022
b) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico o
equivalente, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el
caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que
acredite su homologación.
Los requisitos deberán cumplirse en el momento de la finalización del plazo para presentar la
solicitud de participación en el correspondiente proceso selectivo (también deberán
mantenerse durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento) y
deberán acreditarse una vez finalizado éste, y antes de que se dicte la resolución por la que se
acuerde el nombramiento.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la
credencial que acredite su homologación, a efectos académicos y profesionales o, en su caso,
del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los
aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el
ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión
Europea.
d) Capacidad funcional. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias
del puesto.
e) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas, ni de los órganos constitucionales o estatutarios
de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado, por resolución judicial, para el
desempeño de empleo o cargo público o para ejercer funciones similares a las del puesto
convocado, salvo prescripción de las sanciones. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado, o situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
f) No hallarse en causa de incapacidad o incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.
2. Las personas con alguna discapacidad, en los términos establecidos en la legislación vigente, deberán
indicarlo en la solicitud, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas. El
Tribunal examinará y resolverá motivadamente tales peticiones pudiendo solicitar el oportuno informe de los
organismos competentes. La condición de discapacidad se acreditará en la fase de comprobación de
documentación una vez terminado el proceso selectivo.
3. Los requisitos exigidos en estas bases estarán referidos a la fecha límite: Finalización del plazo de
presentación de instancias y deberán mantenerse y acreditarse hasta la fecha de contratación laboral.
CUARTA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.
1. Los interesados en participar deberán presentar instancia (anexo I) en modelo normalizado, firmada por
el/la aspirante, haciendo declaración responsable de cumplimiento de todos y cada uno los requisitos
exigidos en esta convocatoria y una relación de los méritos a puntuar en el concurso, junto con una copia de
la acreditación documental de los mismos.
Se adjuntará también:
- Fotocopia D.N.I. o pasaporte.
- Fotocopia del título de Bachiller o Técnico o equivalente
- Fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos alegados.
No será necesario compulsar la documentación requerida, salvo quién resulte seleccionado, que lo hará con
carácter previo a la firma del contrato, en la fase de acreditación de requisitos y comprobación de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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b) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico o
equivalente, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el
caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que
acredite su homologación.
Los requisitos deberán cumplirse en el momento de la finalización del plazo para presentar la
solicitud de participación en el correspondiente proceso selectivo (también deberán
mantenerse durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento) y
deberán acreditarse una vez finalizado éste, y antes de que se dicte la resolución por la que se
acuerde el nombramiento.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la
credencial que acredite su homologación, a efectos académicos y profesionales o, en su caso,
del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los
aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el
ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión
Europea.
d) Capacidad funcional. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias
del puesto.
e) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas, ni de los órganos constitucionales o estatutarios
de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado, por resolución judicial, para el
desempeño de empleo o cargo público o para ejercer funciones similares a las del puesto
convocado, salvo prescripción de las sanciones. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado, o situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
f) No hallarse en causa de incapacidad o incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.
2. Las personas con alguna discapacidad, en los términos establecidos en la legislación vigente, deberán
indicarlo en la solicitud, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas. El
Tribunal examinará y resolverá motivadamente tales peticiones pudiendo solicitar el oportuno informe de los
organismos competentes. La condición de discapacidad se acreditará en la fase de comprobación de
documentación una vez terminado el proceso selectivo.
3. Los requisitos exigidos en estas bases estarán referidos a la fecha límite: Finalización del plazo de
presentación de instancias y deberán mantenerse y acreditarse hasta la fecha de contratación laboral.
CUARTA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.
1. Los interesados en participar deberán presentar instancia (anexo I) en modelo normalizado, firmada por
el/la aspirante, haciendo declaración responsable de cumplimiento de todos y cada uno los requisitos
exigidos en esta convocatoria y una relación de los méritos a puntuar en el concurso, junto con una copia de
la acreditación documental de los mismos.
Se adjuntará también:
- Fotocopia D.N.I. o pasaporte.
- Fotocopia del título de Bachiller o Técnico o equivalente
- Fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos alegados.
No será necesario compulsar la documentación requerida, salvo quién resulte seleccionado, que lo hará con
carácter previo a la firma del contrato, en la fase de acreditación de requisitos y comprobación de
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