Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Olivenza. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06305/2022)
Bases que han de regir la cobertura de varias plazas personal laboral fijo, incluidas en la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal mediante el sistema de concurso, Grupo V
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Olivenza
Anuncio 6305/2022
7.2.2.- FORMACIÓN. Hasta un máximo de 1 puntos.
Formación
VALORACIÓN
(máximo 1 punto)
Por la acreditación de la realización de cursos
1. Por la acreditación de curso de hasta 10 horas: 0.50 puntos
2. Por la acreditación de curso de 11 a 39 horas: 0.60 puntos
3. Por la acreditación de curso de 40 hasta 100 horas: 0.70 puntos
4. Por la acreditación de curso de más de 100 horas: 0.80 puntos
Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, cuyo contenido se encuentren relacionado directa o indirectamente con el puesto de trabajo o
cuyo contenido sea transversal como el relativo a prevención de riesgos laborales o formación en igualdad.
Se valorarán las acciones formativas relacionadas con el puesto siempre que se encuentren organizados, bien por una
Administración Pública o una entidad privada y que sean acreditados mediante título, certificado o diploma. En el caso de
que el diploma o título viniera reflejado en créditos, 1 crédito corresponderá a 10 horas de formación. Se puntuarán
también las titulaciones de Expertos y Master universitarios debidamente acreditadas.
Se aportará copia de los diplomas o certificaciones de la formación. No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las
fechas de realización y las horas de duración.
7.3. Valoración y desempate
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 10 puntos. En caso de empate en la puntuación de
concurso de méritos, los criterios de desempate serán y por este orden:
1º - Mayor puntuación obtenida en el apartado correspondiente a la experiencia profesional en el
ayuntamiento de Olivenza de acuerdo con el apartado 7.2.1 A
2ª.- Desempeño actual de la plaza objeto de la convocatoria.
3º - Mayor puntuación obtenida en el apartado 7.2.1.B, antigüedad en cualquier puesto en la Administración
convocante correspondiente al mismo cuerpo, escala, categoría o equivalente.
4º - Mayor puntuación en formación.
El Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada en relación a
cualquiera de los méritos indicados anteriormente o solicitar cuantas aclaraciones o información adicional, cuando a juicio
de dicho Tribunal se considere necesario.
7.4. Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará un anuncio con las
puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes. El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas
puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las mismas.
7.5. Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas aprobadas, con indicación de la puntuación
definitiva obtenida, y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la cobertura en las plazas convocadas, de quienes
hayan obtenido la mayor puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el
orden de puntuación obtenida de mayor a menor.
OCTAVA.- CALENDARIO.
En el marco de esta convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal, por el procedimiento extraordinario de
concurso de méritos, se adoptarán las medidas apropiadas para el desarrollo ágil del proceso selectivo. La resolución de
este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
NOVENA.- BOLSA DE TRABAJO.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 7 de 14
Anuncio 6305/2022
7.2.2.- FORMACIÓN. Hasta un máximo de 1 puntos.
Formación
VALORACIÓN
(máximo 1 punto)
Por la acreditación de la realización de cursos
1. Por la acreditación de curso de hasta 10 horas: 0.50 puntos
2. Por la acreditación de curso de 11 a 39 horas: 0.60 puntos
3. Por la acreditación de curso de 40 hasta 100 horas: 0.70 puntos
4. Por la acreditación de curso de más de 100 horas: 0.80 puntos
Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, cuyo contenido se encuentren relacionado directa o indirectamente con el puesto de trabajo o
cuyo contenido sea transversal como el relativo a prevención de riesgos laborales o formación en igualdad.
Se valorarán las acciones formativas relacionadas con el puesto siempre que se encuentren organizados, bien por una
Administración Pública o una entidad privada y que sean acreditados mediante título, certificado o diploma. En el caso de
que el diploma o título viniera reflejado en créditos, 1 crédito corresponderá a 10 horas de formación. Se puntuarán
también las titulaciones de Expertos y Master universitarios debidamente acreditadas.
Se aportará copia de los diplomas o certificaciones de la formación. No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las
fechas de realización y las horas de duración.
7.3. Valoración y desempate
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 10 puntos. En caso de empate en la puntuación de
concurso de méritos, los criterios de desempate serán y por este orden:
1º - Mayor puntuación obtenida en el apartado correspondiente a la experiencia profesional en el
ayuntamiento de Olivenza de acuerdo con el apartado 7.2.1 A
2ª.- Desempeño actual de la plaza objeto de la convocatoria.
3º - Mayor puntuación obtenida en el apartado 7.2.1.B, antigüedad en cualquier puesto en la Administración
convocante correspondiente al mismo cuerpo, escala, categoría o equivalente.
4º - Mayor puntuación en formación.
El Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada en relación a
cualquiera de los méritos indicados anteriormente o solicitar cuantas aclaraciones o información adicional, cuando a juicio
de dicho Tribunal se considere necesario.
7.4. Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará un anuncio con las
puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes. El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas
puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las mismas.
7.5. Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas aprobadas, con indicación de la puntuación
definitiva obtenida, y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la cobertura en las plazas convocadas, de quienes
hayan obtenido la mayor puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el
orden de puntuación obtenida de mayor a menor.
OCTAVA.- CALENDARIO.
En el marco de esta convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal, por el procedimiento extraordinario de
concurso de méritos, se adoptarán las medidas apropiadas para el desarrollo ágil del proceso selectivo. La resolución de
este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
NOVENA.- BOLSA DE TRABAJO.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 7 de 14